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Gara > Idatzia > Ekonomia 2006-12-15
Condena comunitaria al Estado español por no recuperar ayudas de vacaciones fiscales
El Tribunal de Justicia de la UE ha condenado al Estado español por no haber acatado la exigencia de Bruselas de recuperar las ayudas que las diputaciones de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa concedieron a empresas a través de las denominadas «vacaciones fiscales». Bruselas inició los procedimientos contra estas reducciones en los impuestos hace siete años y en 2001 los declaró ilegales. Entonces exigió al Estado español que adoptara las medidas necesarias para que las empresas devolvieran las ayudas. Ahora el Tribunal de la UE estima que no lo hizo en el plazo exigido.

BRUSELAS

El Tribunal de Justicia de la UE condenó ayer al Estado español por no haber acatado la exigencia de la Comisión Europea de recuperar las ayudas concedidas a empresas por las diputaciones de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa en el marco de las conocidas como «vacaciones fiscales».

La corte europea considera fundados los recursos presentados por el Ejecutivo comunitario en los que acusa al Estado español de no haber adoptado las medidas necesarias para suspender las citadas ayudas y para recuperar las ya concedidas. Esta disputa se remonta a 1999, cuando Bruselas inició varios procedimientos por los sistemas de ayudas a la inversión en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.

Dichos sistemas establecían, por un lado, créditos fiscales del 45% y, por otro, reducciones en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades para empresas de nueva creación, que fueron conocidas como «vacaciones fiscales».

En 2001, la Comisión concluyó que dichos sistemas eran ayudas estatales ilegales, incompatibles con el mercado interior, y conminó al Estado español a poner fin al sistema y tomar las medidas necesarias para recuperar las ayudas entregadas, de las que debía informar a Bruselas en el plazo de dos meses (antes del 13 de setiembre de 2001).

En la sentencia difundida ayer, el Tribunal de la UE constata que el Estado español no ha demostrado haber adoptado medidas adecuadas para impedir que las resoluciones de concesión de la ayuda siguieran produciendo efectos.

La corte señala que «España no ha acreditado una aplicación real», en la fecha de expiración fijado por la Comisión Europea, de medidas que permitieran una ejecución inmediata y efectiva de las decisiones que declararon ilegales las ayudas. Durante la vista sobre el caso, el Gobierno español aseguró que, cuando el Ejecutivo de la UE presentó la denuncia ante el Tribunal de la UE, a finales de 2005, ya se habían puesto en marcha las actuaciones necesarias para cumplir las decisiones y las había notificado a la Comisión. Así, Madrid señaló que informó a las empresas afectadas de que ya no podrían seguir beneficiándose de las ayudas fiscales y que, con objeto de recuperar las ya otorgadas, incoó procedimientos de revisión de los actos anulados.



Las diputaciones esperan la sentencia que avale la validez de la normativa
GARA

GASTEIZ

Tras conocer la sentencia del Tribunal europeo, las diputaciones dijeron acatarla, pero subrayaron que esperan la sentencia que aborde la legalidad de los beneficios fiscales a empresas.

La Diputación de Bizkaia afirmó que acata la sentencia y que, aunque no la comparte, procederá a su cumplimiento. Ese cumplimiento supondría remitir el listado de las empresas que recibieron las ayudas y solicitarles su devolución. No obstante, señaló que esta sentencia no tiene ninguna implicación respecto a la cuestión de fondo de si las decisiones de la Comisión declarando ilegales esos incentivos fiscales «eran correctas y ajustadas a Derecho o no, ya que este tema no ha sido objeto de análisis en el presente procedimiento».

En este sentido, recordó que esta cuestión está siendo sometida al Tribunal de Primera Instancia, y todavía no existe ningún pronunciamiento al respecto.

Además, manifestó su compromiso con la defensa de la legalidad de las medidas a las que se han acogido los empresarios. «Continuaremos tomando todas las medidas precisas para proteger los intereses de nuestras empresas, pero también hemos de ser conscientes de cuáles son las responsabilidades que nos corresponden en la aplicación de las sentencias del Tribunal de Luxemburgo», añadió.

Tranquilidad

Por último, pidió confianza en las instituciones y «en que se cumplirán todos los compromisos asumidos, con pleno respeto al ordenamiento jurídico, tanto interno como comunitario». La Diputación de Gipuzkoa insistió que la sentencia no tiene efecto porque «no define si son o no ayudas de Estado». El diputado foral de Fiscalidad y Finanzas, Juan José Mujika, también dijo que no comparte aunque acata la sentencia, y argumentó que el fallo se refiere exclusivamente a «incumplimientos» en el cruce de información por parte de Madrid hacia la Comisión Europea. Consideró que la sentencia aún no tiene efectos sobre la fiscalidad vasca, porque no «entra a definir si son ayudas de Estado o no». Mujika emplazó a las empresas guipuzcoanas a que «estén tranquilas» porque, a su juicio, las ayudas que se concedieron en su día «eran necesarias» para su supervivencia. La Diputación alavesa, igualmente, aseguró que acata la sentencia pero consideró que la misma no habla del fondo de las normas fiscales vascas. Recordó el recurso presentado ante el Tribunal de Primera Instancia «que es el que está centrado en el fondo de la cuestión», y que está pendiente de resolución.

Lakua dice que la sentencia no entra en el fondo

El Departamento de Hacienda del Gobierno de Lakua aseguró que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre las «vacaciones fiscales» es «negativa para los intereses de las instituciones vascas», aunque precisó que se refiere exclusivamente a unas medidas fiscales concretas» y que aún está pendiente el pronunciamiento sobre la cuestión de fondo de de la normativa que da encaje a esas medidas. -


 
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