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Si se puede ser independiente, ¿no se debería poder votar?

La declaración unilateral de independencia de Kosovo promulgada en febrero de 2008 no viola el Derecho internacional, según dictó ayer la Corte Internacional de Justicia. El fallo hecho público ayer es muy contundente al respecto: «Ninguna ley internacional prohibía a Kosovo declarar su independencia» puesto que «no hay norma en el derecho internacional» que sancione las declaraciones de independencia. No hay duda de que el caso de Kosovo tiene particularidades que lo hacen especial -el genocidio que padecieron sus habitantes, su discutida condición de nación, sus apoyos internacionales...-, pero, por su claridad, la sentencia del máximo órgano jurídico de la ONU tiene repercusiones evidentes para otros muchos casos.

La primera reflexión parece obvia. Si no existe en el Derecho internacional ley alguna que prohíba declarar la independencia unilateralmente, ¿no sería conveniente que ese Derecho articulase el modo en el que, en base a los acuerdos políticos adoptados entre las partes y bajo supervisión de organismos internacionales, las naciones pudiesen ejercer el derecho a su libre determinación, a decidir sobre su futuro y sus relaciones? Institucionalizar el derecho de autodeterminación, incluirlo en los respectivos textos constitucionales de los estados de derecho, es uno de los retos del Derecho internacional del siglo XXI. Hasta el momento, los únicos países que han dado ese paso lo han hecho en sentido negativo, es decir, para prohibirlo en vez de garantizarlo. No es casual que los estados que han abanderado la negación del derecho de Kosovo a independizarse -como el Estado español o China- sean los mismos que tienen artículos en sus constituciones que explícitamente castigan las ideas y proyectos políticos independentistas. La independencia es un proyecto político legítimo y el derecho de autodeterminación la mejor garantía de que sea democrático. Es de ley.

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