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Un juez exime a una pareja insolvente de pagar deudas pendientes

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Un Juzgado de lo Mercantil de Barcelona ha considerado saldadas las deudas pendientes que toda- vía mantenía con la banca y otros acreedores una pareja de jubilados en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos), después de que no consiguieran cubrir todos los pagos con la venta de su vivienda. El auto y que ha pasado a ser firme porque no ha sido recurrido, es el primero conocido en el Estado español que impide que los acreedores puedan seguir exigiendo de por vida a unos particulares insolventes el pago de las deudas pendientes, cuando ya no tienen activos que enajenar. El magistrado interpreta que las deudas pendientes de pago se deben extinguir «una vez que se han agotado todas las vías» para satisfacer a los acreedores.

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