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Asamblea General Extraordinaria

Los nuevos estatutos, ante su examen más duro

Los compromisarios rojiblancos se posicionan hoy en el Palacio Euskalduna sobre la reforma estatutaria, que necesita dos tercios de los votos para quedar aprobada. La fumata blanca se prevé muy complicada

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Amaia U. LASAGABASTER

Los compromisarios del Athletic están llamados esta tarde (19.15 en 1ª convocatoria, y 19.30 en 2ª) en el Palacio Euskalduna para posicionarse sobre la reforma de los estatutos del club.

Una cita que se ha hecho esperar, teniendo en cuenta que el proceso arrancó en noviembre de 2008, cuando también en una Asamblea Extraordinaria se acordaba la composición de la Comisión encargada de la redacción del nuevo texto. Josu Urrutia, Genar Andrinua -elegidos por los compromisarios-, Juan María Vidarte y Mario Fernández -a iniciativa de la Junta Directiva-, además de Fernando García Macua, y de Pedro Aurtenetxe en calidad de asesor, celebraron su primera reunión tres meses más tarde.

Su trabajo, ralentizado en buena medida por la obligación de adecuar los estatutos al nuevo decreto del Gobierno de Gasteiz, que no se aprobó hasta el pasado verano, ha tardado otros dos años en dar frutos. Un nuevo articulado, abierto en dos ocasiones a las aportaciones de los socios -la primera de ellas en forma de borrador-, que llega hoy en su redacción definitiva a los socios compromisarios.

Sin demasiados visos, según los sondeos previos, de que vaya a salir adelante. Sobre todo porque necesita la aprobación de dos terceras partes de los compromisarios que acudan al Euskalduna y uno de sus puntos más polémicos afecta, precisamente, a su designación.

Si hasta ahora se necesitaba la firma de nueve socios, además de la propia, para convertirse en compromisario, el artículo 21 del nuevo texto establece que su elección se llevará a cabo mediante sorteo público, entre aquellos socios de número con derecho a voto que hayan comunicado al club su deseo de ser compromisarios. El número de compromisarios se cifraría en el 3% del de socios del club.

Eso significaría que muchos de quienes hoy acudan a la Asamblea podrían no volver a hacerlo si la fortuna no les sonriera en el sorteo correspondiente. Desde la Comisión se asume que este punto «genera controversia» y «supone un resquicio de decepción para ese grupo de personas al que les gusta ser compromisarios».

El texto recoge otras novedades, más o menos demandadas por la masa social, como la creación de la figura del Defensor del Socio, o la reducción del número de apoyos necesario (pasa del 5% al 3% de los socios con derecho a voto) para que una candidatura sea proclamada de manera oficial. En el mismo artículo se establecen los medios para intentar evitar una polémica recurrente en cada cita electoral, la duplicidad de firmas. A partir de ahora, el club trataría de verificar mediante comunicación personal los apoyos de cada candidatura que, en caso de duplicidad, se anularían.

En contra

Al margen de la aceptación que pueda merecer entre la masa social buena parte del articulado, no parece que la reforma vaya a salir adelante hoy -aunque el club deberá adecuar los actuales estatutos a la nueva legislación antes de verano-.

Quizá por eso, con la precampaña mediatizándolo todo y la posibilidad de que una negativa mayoritaria de la Asamblea se interprete en forma de voto de castigo al presidente, desde la Junta Directiva se ha subrayado que la paternidad del texto que se somete a votación no pertenece a ésta, sino a la Comisión.

De hecho, algún miembro de la Junta ya ha declarado públicamente que los nuevos estatutos no son de su agrado. De la misma manera que la plataforma «Athletic Eup!» y algunos compromisarios de cierto peso ya han anunciado que votarán en contra. La fumata blanca se prevé muy complicada.

Artículo 8. Clases de socios. Entre otros aspectos, incluye la figura del «Socio Barria», que podría tener que pagar una cuota anual -nunca superior al 10% de la media que abonen los socios de número- si lo aprobase la Asamblea, aunque aún no gozasen de todos los derechos y obligaciones que comprenden los socios de número.

Artículo 21. Elección de compromisarios. Uno de los puntos más polémicos. La elección de compromisarios se llevará a cabo mediante un sorteo público realizado ante notario, entre aquellos socios de número con derecho a voto que hayan comunicado al club su deseo de ser compromisarios. En el sorteo se seleccionará a un 3% del número de socios de la entidad.

Artículo 29. Composición y cargos de la Junta Directiva. Reduce a siete el número mínimo de directivos, que será de 21 como máximo.

Artículo 31. Elección, cese, suspensión y sustitución. En caso de muerte, incapacidad o dimisión del presidente, el vicepresidente sólo podrá acceder al cargo durante un máximo de un año.

Artículo 32. Moción de censura. Si no sale adelante, no podrá interponerse otra durante los dos años posteriores.

Artículo 36. Del referéndum. La Junta directiva podrá someter diferentes cuestiones a referéndum entre todos los socios, siempre y cuando la Asamblea General no las haya aprobado al menos en dos ocasiones dentro de una misma temporada.

Artículo 37. El defensor del socio. Establece la creación de esta nueva figura, que será designada por la Junta Directiva, aunque el cargo no podrá recaer en ninguno de los miembros de ésta, ni en empleados del club.

Artículo 39. El calendario electoral. La duración de la campaña electoral se reduce a cinco días. La firma de un 3% de los socios será suficiente para proclamar una candidatura. El club verificará mediante comunicación personal los apoyos de cada candidatura. Los avales duplicados serán anulados.

DOS AÑOS

Han pasado dos años desde que la Comisión celebrara su primera reunión. Su labor se ha visto ralentizada en buena medida por la obligación de adaptar el texto al nuevo decreto del Gobierno de Gasteiz, aprobado el pasado verano.

PRECAMPAÑA

Desde la Junta Directiva se ha subrayado que la «paternidad» del texto no es suya, sino de la Comisión. Por si alguien interpreta una negativa mayoritaria como un voto de castigo al presidente, en plena precampaña oficiosa.

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