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El Supremo anula la obligatoriedad de la Tarjeta Profesional de la Construcción

El Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad de la obligatoriedad de la Tarjeta Profesional de la Construcción, que impulsaron CCOO, UGT y CEOE. ELA interpuso un recurso contra ese sistema en el que Osalan firmó un convenio con la Fundación Laboral de la Construcción.

Juanjo BASTERRA | BILBO

El IV Convenio Colectivo General de la Construcción de ámbito estatal, con vigencia 2007-2011, estableció la obligatoriedad de la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) para poder trabajar en el sector de la construcción en el Estado Español a partir de 31-12-2011, que sólo podía ser expedida por la Fundación Laboral de la Construcción, de carácter privada bipartita, financiada por fondos públicos y de la que forman parte la patronal del sector de la construcción y los sindicatos CCOO y UGT.

ELA pidió ayer, tras conocer la decisión final del Alto Tribunal, que «se desmonte este sistema fraudulento e ilegal y que se deje de derivar dinero público a la Fundación Laboral de la Construcción, que sólo sirve para financiar a sus miembros y para blindar la pretendida posición de monopolio sindical de CCOO y UGT en el sector de la Construcción».

Ese título identificativo sólo se emite por la Fundación Laboral de la Construcción, tras haber realizado el trabajador al menos una acción formativa de un mínimo de ocho horas en materia de seguridad y salud laboral.

ELA, que presentó una demanda en contra de esa decisión junto a la CIG, reclamó ayer que «se asuman las responsabilidades políticas y sindicales necesarias por parte de las administraciones, patronal y sindicatos que han creado y fomentado este sistema ilegal», y entiende que en la CAV Osalan debe responder por las cantidades económicas transferidas a la fundación privada para financiar la Tarjeta Profesional de la Construcción.

Como denuncia la central sindical que lidera Adolfo Muñoz, «con el establecimiento de la obligatoriedad de dicha tarjeta los integrantes de la Fundación Laboral de la Construcción tenían por objeto convertirla en fuente de financiación de sus componentes, monopolizar el acceso de los trabajadores de la construcción, incluso haciéndoles pasar en muchos casos por sus sedes para conseguir trabajo». Osalan cerró un acuerdo por el que pagó a la fundación 380.000 euros en 2009 y 340.000 en 2010, «todo ello en una coyuntura de graves recortes en el presupuesto de Osalan».

ELA recurrió judicialmente el Convenio Colectivo General de la Construcción, solicitando, entre otros puntos, que se declarase nula la obligatoriedad de la TPC. El Tribunal Supremo estimó las peticiones de ELA y anuló la obligatoriedad de la Tarjeta Profesional de la Construcción para poder trabajar en el sector de la Construcción.

OSALAN

Entre 2009 y 2010, Osalan pagó a la Fundación Laboral de la Construcción 720.000 euros, «a pesar de que se habían producido ya recortes económicos por la crisis», según denuncia ELA, para fomentar el Aula Permanente de la Construcción para recibir la formación y la tarjeta necesaria para poder trabajar en ese sector.

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