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NUEVO TIEMPO EN EUSKAL HERRIA

Los convocantes recurren el auto de Marlaska por «fraude de ley»

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Iñaki IRIONDO | GASTEIZ

Los convocantes de la manifestación del sábado recurrieron la pasada semana el auto del juez Fernando Grande-Marlaska que permitía la marcha pero imponía diversas restricciones y ordenaba que la Ertzaintza procediera a su inmediata disolución si estas se incumplían. El objetivo del recurso es tratar de poner coto al «fraude de ley» que reiteradamente se está cometiendo al llevar la prohibición de manifestaciones a la Audiencia Nacional, dando lugar a un proceso que deja en total indefensión a los convocantes.

Según explicó a este diario la abogada Jone Goirizelaia, hasta hace un tiempo la cuestión de la prohibición de las manifestaciones se dirimía, como manda la ley, en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que en la mayoría de las ocasiones acababa dando la razón a los convocantes. Ante esto, quienes tratan de impedir estas marchas han recurrido a la argucia de que asociaciones o particulares denuncien que en la manifestación va a cometerse «un delito de terrorismo» o relacionado con él, con el fin de que tribunales no competentes, como la Audiencia Nacional, sean quienes adopten la decisión, saltándose las garantías y lo indicado en la Ley Orgánica 9/83 de derecho de reunión y manifestación.

Lo más llamativo es que, mientras la Audiencia Nacional juzga si permite o prohíbe una convocatoria, sus impulsores no tienen siquiera derecho a ser escuchados. El juez admite la denuncia de una asociación, pide informes policiales, recaba la opinión de la Fiscalía y decide, sin permitir que los convocantes puedan siquiera explicarse.

En opinión de los recurrentes, esto no sólo vulnera el derecho a la defensa de los convocantes, sino que supone un abuso de derecho y fraude de ley, lo que hace que la decisión judicial sea «nula de pleno derecho».

Exhibición de fotografías

El recurso presentado ante el Juzgado de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional se detiene también en la prohibición que Fernando Grande-Marlaska hizo de que en la manifestación se exhibieran fotos de los presos.

Se detallan sentencias que dictaminan que la mera exhibición de fotografías de presos no lleva aparejado una voluntad de descrédito, menosprecio o humillación a las víctimas, ni tampoco de ello se deduce en absoluto de manera automática que en tal acto se loe a quienes aparecen en las fotografías. Dado que el auto de Marlaska no razona por qué la aparición de fotografías conlleva la comisión de un delito, el recurso pide la revocación de la decisión adoptada.

En cuanto a la orden dictada para que la Ertzaintza disolviera la manifestación de «forma inequívoca, independientemente de la intensidad del incumplimiento y sin valoraciones complementarias», los recurrentes sostienen que ello vulnera la Ley de Policía autonómica, que exige a los ertzainas que se rijan por «los principios de adecuación, necesidad y proporcionalidad» en sus actuaciones.

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