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Los titulares de preferentes deberán demostrar que les engañaron para recibir toda su inversión

GARA | MADRID

Los tenedores de productos híbridos mal comercializados a particulares en entidades nacionalizadas como Bankia podrían acabar recibiendo toda su inversión si el arbitraje determina que hubo «mala praxis» en su venta, según señaló ayer el ministro español de Economía, Luis de Guindos.

«Estamos haciendo un esfuerzo para aquellos que se han visto afectados por una comercialización inadecuada y que lo puedan demostrar con que se compense al 100% lo que era el valor nominal de su inversión», dijo De Guindos durante una comparecencia en la comisión de Economía del Congreso.

El ministro respondía así a las preguntas realizadas por los portavoces de los grupos parlamentarios sobre el anuncio que había realizado poco antes de la articulación por parte del Gobierno de un mecanismo de compensación en preferentes o subordinadas colocados por Bankia entre inversores particulares.

En este sentido, De Guindos anunció ayer la intención del Gobierno de articular un procedimiento de arbitraje para los tenedores de preferentes y deuda subordinada de Bankia. Además, el ministro señaló que los titulares de preferentes de Bankia, CatalunyaBanc y Novagalicia recuperarán, de media, el 60% de sus inversiones, más de lo inicialmente previsto.

El arbitraje, según el ministro, se aplicará en los casos «más flagrantes» en los que pueda haber habido «mala praxis» en la comercialización o «circunstancias personales en las que el consumidor no estaba en condición de entender el producto».

Protesta de Adicae

Tras conocer el anuncio del ministro de Economía, la Asociación de usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) acusó al Ejecutivo de Mariano Rajoy de «querer jugar a la lotería» con los afectados por las preferentes de Bankia tras incluir la figura de un asesor privado del banco en el proceso de arbitraje para los clientes.

En un comunicado, la organización explica que dicho asesor «juzgará de manera subjetiva los casos que pueden acceder al procedimiento de arbitraje, por lo que se puede negar el acceso a esta vía a la gran mayoría de los afectados por motivos subjetivos de una de las partes: la entidad».

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