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Un juzgado de Amurrio anula intereses de demora «abusivos»

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Un juzgado de la localidad alavesa de Amurrio ha anulado las cláusulas sobre los intereses de demora aplicados por varias entidades bancarias y de crédito, que oscilaban entre el 18 y el 25%, al entender que son «abusivos».

Así lo expresa el Juzgado de Instrucción número 1 de Amurrio en dos autos y una providencia que, según fuentes jurídicas consultadas por la agencia Efe, pueden crear jurisprudencia y tener una importante repercusión en las actuaciones de las entidades de crédito.

En uno de los autos, el Juzgado de Amurrio anula la cláusula de un crédito suscrito por una persona con el Banco de Santander, debido a que aplicó un interés de demora del 25% anual.

La jueza pone de relieve que los intereses de mora tienen que fijarse en un tipo superior al ordinario, pero deben guardar una «cierta proporción».

Recuerda que el interés legal del dinero aplicable al año 2010, cuando se firmó este crédito, era del 4% anual, por lo que el interés de demora del 25% «se ha de considerar abusivo y por consiguiente nulo de pleno derecho».

Por ello, ordena a la persona que firmó el crédito que abone solo la cantidad adeudada y los intereses remuneratorios, pero no los de demora.

Vehículo y vivienda

Lo mismo ocurre con otro crédito suscrito por dos personas para la compra de un vehículo con la entidad GAG Internacional S.L., a quienes se aplicó un interés de demora del 24% anual.

El tercer caso hace referencia a un «interés moratorio del 18%» impuesto por Caja Laboral sobre un préstamo hipotecario.

En este caso, además, el Juzgado se apoya en la legislación europea para declarar que los jueces pueden proteger de oficio a los consumidores contra cláusulas abusivas, no solo en los juicios monitorios -los que se celebran para reclamar cantidades impagadas-, sino también en los de ejecución hipotecaria, como era el caso.

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