GARA > Idatzia > Kultura

El Supremo español permite a Zornotza cambiar de ubicación «La patata» de Andres Nagel

El Tribunal Supremo ha resuelto que el Ayuntamiento puede cambiar de lugar la escultura sin «vulnerar el derecho moral del autor», que reclamaba que se mantuviera la obra en el lugar para el cual fue creada.

GARA | ZORNOTZA

El Tribunal Supremo ha dado la razón al Ayuntamiento de Zornotza y le permite cambiar de ubicación la escultura diseñada por el artista Andrés Nagel (Donostia, 1947), conocida como «La Patata». La sentencia, fechada el 18 de enero y difundida ayer por la agencia EFE, concluye que «al amparo del derecho moral del autor a la integridad de la obra, no da lugar a prohibir la modificación de su emplazamiento de forma absoluta y en ninguna circunstancia».

El Tribunal Supremo español estima parcialmente el recurso de Nagel, aunque también analiza «los intereses en juego» y así resuelve que «el derecho del autor de una obra plástica no tiene carácter absoluto ni ilimitado».

La sentencia también añade que no cabe imponer al ayuntamiento «sacrificios desproporcionados».

Antecedentes

Zornotza encargó en 2002 a Nagel una escultura en bronce para ubicarla en la rotonda de Zubietxe, en el cruce de las calles Sabino Arana, Carmen, San Miguel y San Pedro. La obra, de 8 metros de alto y 2,08 de anchura, con un peso de 2,5 toneladas, se instaló en 2003. A raíz de un proyecto de peatonalización y reforma de la zona, el Ayuntamiento decidió cambiar de lugar la escultura. Entonces, Nagel demandó al municipio al entender que su derecho moral de autor impide que ésta sea deformada, modificada o alterada.

La sentencia de primera instancia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbo estimó en parte la demanda y declaró que «en cumplimiento de lo pactado mediante el contrato de encargo de obra suscrito el 31 de octubre de 2002 entre D. Andrés Nagel Tejada y el Ayuntamiento de Amorebieta Etxano, este último no se encuentra legitimado para alterar la ubicación actual de la propia escultura autoría del primero».

Sin embargo, Andrés Nagel y la Fundación Arte y Derecho señalaron que, aunque la sentencia obligaba a aceptar la exigencia del escultor, había de ser «recurrida necesariamente». Nagel sostenía que el juez no la dictó «sobre la base del derecho moral que reconoce la Ley de Propiedad Intelectual a favor del autor, sino exclusivamente sobre los pactos alcanzados en el contrato». También dijeron que «la escultura no era independiente del espacio para el que fue creada y el autor acordó crearla para que fuera divulgada en ese espacio».

El fallo «hace prevalecer los intereses del municipio»

En un comunicado emitido tras conocer la sentencia, el Ayuntamiento de Zornotza destacó que la misma «hace prevalecer los intereses del municipio», circunstancia esta que da «tranquilidad» a este.

De la misma forma, resaltaron como la sentencia establece que «el amparo del derecho moral del autor a la integridad de la obras, no da lugar a prohibir la modificación de su emplazamiento de forma absoluta y en ninguna circunstancia».

El Ayuntamiento de Zornotza pagó 180.000 euros en 2003 por la escultura que, aunque criticada en un primer momento, es hoy un símbolo del pueblo. GARA

Imprimatu 
Gehitu artikuloa: Delicious Zabaldu
Igo