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ANÁLISIS | Políticas anticrisis

¿Separación bancaria o rescate interno?

Los autores someten a debate cuál ha de ser el procedimiento de reestructuración bancaria y concluyen que son necesarias tanto la separación entre banca de inversión y comercial como los procedimientos de rescate interno imputando pérdidas a accionistas e inversores. La reestructuración bancaria debe contemplar tanto la separación estricta de operaciones de banca de inversión como la imputación de pérdidas a accionistas e inversores

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La necesidad de reestructuración interna del sector bancario no solo es la estrategia de mayor importancia de las políticas para hacer frente a la actual crisis, sino que resulta cada vez más urgente si se quiere evitar el desastre que nos espera si se produce una caída en cascada de los grandes bancos comerciales y de inversión de Europa y EEUU.

Dos son las políticas básicas destinadas a abordar a efectos de esta reestructuración interna del sector bancario: La separación entre banca de inversión y banca comercial y el denominado rescate interno (bail-in). Ambas políticas se fundamentan en principios conceptuales de una estricta lógica, intentando corregir algunos de los grandes abusos de las políticas bancarias.

La separación entre banca de inversión y banca comercial parte de la constatación de que nunca debiera haberse permitido que el marco protector habitual del sistema bancario se extendiera indebidamente a las operaciones de banca de inversión. La protección que las políticas monetarias y bancarias conceden a la actividad de depósito y crédito debería siempre haber quedado limitada a las mismas y no permitir que el mismo se utilizara para otro tipo de inversiones de riesgo o especulativas.

El rescate interno pretende asegurar que los procesos de imputación de pérdidas necesarios para la reconversión de los bancos en dificultades no afectan a los presupuestos públicos y se hacen recaer, como la lógica económica indica, sobre accionistas y acreedores del mercado de capitales.

Distintas medidas se han adoptado, fundamentalmente en los países anglosajones, relacionadas con la separación de banca de inversión y banca comercial, si bien se trata de medidas de separación parcial de dichas actividades que han sido criticadas por su insuficiencia.

En la UE y también en otros gobiernos occidentales, se está avanzando en la regulación de un marco de recuperación y resolución de entidades financieras basado en el bail-in, en principio, de accionistas e inversores. Mientras tanto, en EEUU, un movimiento social y político con cada vez mayor fuerza, está apoyando la reactivación de la Ley Glass-Steagall en sus términos originales. Esto es, en los términos de estricta separación de banca de inversión y banca comercial tal como fueron aprobados durante el gobierno de Roosevelt con el fin de hacer frente a la crisis financiera de 1929 y cuyos contenidos fueron progresivamente diluidos en las décadas posteriores, especialmente, durante la presidencia de Bill Clinton.

Desde el movimiento impulsor de la reactivación de la Ley Glass-Steagall se vienen criticando con dureza las políticas de rescate interno. Estas posiciones entienden que las estrategias de bail-in impulsadas en este momento pueden responder a una estrategia defensiva del poder financiero central, encaminada precisamente a evitar la puesta en marcha de la separación plena de banca comercial y banca de inversión y a hacer recaer sobre los depositantes los costes de la reestructuración de la gran banca occidental, una vez que los presupuestos públicos están ya agotados como consecuencia de las políticas de rescate.

En nuestra opinión las dos políticas son complementarias y necesarias para proceder a la urgente reestructuración de la banca. Lo que ocurre es que los críticos del sistema de bail-in están atendiendo fundamentalmente a la problemática existente en la gran banca de los países anglosajones. Esto es, la explosiva situación de riesgo de la banca de inversión y comercial, como consecuencia de operaciones articuladas mediante derivados financieros.

La problemática de los grandes bancos anglosajones no se resuelve a través del rescate interno porque los riesgos asumidos por los mismos son desproporcionados con respecto al peso de las pérdidas que podrían imputarse a accionistas e inversores. En este tipo de bancos, la mera aplicación del sistema de bail-in supondría necesariamente la imputación de pérdidas a los depósitos y, a través de ellos, a los titulares de los mismos que superen las cuantías garantizadas en cada caso.

Sin embargo, los críticos de esta metodología olvidan que el problema de fondo del riesgo asumido por la gran banca occidental es doble. Por un lado, los riesgos acumulados en operaciones especulativas. Por otro, los riesgos crediticios asumidos por la banca comercial. Esto significa que es necesario, por un lado, imputar las pérdidas de la banca comercial a accionistas e inversores y, a la vez, separar los riesgos acumulados por la actividad de banca de inversión para evitar que sean imputados a los depositantes.

Puesto que ambos problemas se manifiestan de distinta forma según los países, es lógico que las dos estrategias se hayan puesto en marcha de forma paralela. En países como el Estado español, que han controlado el riesgo asumido por los bancos en operaciones estrictamente financieras o de banca de inversión, parece natural que se plantee el reto de abordar la reestructuración financiera a través de las políticas de bail-in. Al contrario, es natural que en países como los anglosajones con riesgos elevadísimos en operaciones especulativas, se dé prioridad a la separación estricta de banca de inversión y banca comercial.

No obstante, esta diferenciación no debería ser tan estricta. Por un lado, la cartera de créditos de los grandes bancos anglosajones también presenta riesgos importantes. Por otro lado, en el caso español, si bien es cierto que las autoridades bancarias controlaron los riesgos asumidos en operaciones especulativas, es necesario tener en cuenta que ello no ha impedido a los grandes bancos internacionales con sede en el Estado asumir estos riesgos en operaciones realizadas en otros países.

Esto significa que, en caso de reestructuración del balance de estos grandes bancos a través del rescate interno existen altas posibilidades de que el riesgo asumido en operaciones especulativas en otros países tenga como consecuencia la imputación masiva de pérdidas a los depósitos si no se ha procedido antes a la estricta separación de estos riesgos.

En conjunto, por lo tanto, y sin perjuicio de la diferente situación del sistema bancario de cada estado, los procedimientos de reestructuración bancaria a poner en marcha con carácter inmediato deben contemplar tanto la separación estricta de las operaciones de banca de inversión como la imputación de las pérdidas restantes a accionistas e inversores del mercado de capitales.

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