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Un tribunal de Iruñea reconoce que autocultivar marihuana no es delito

En una decisión que resulta muy inhabitual, un Juzgado de Instrucción de Iruñea ha archivado una denuncia por el cultivo de cannabis tras estimar la Fiscalía que quedó probado que era para el autoconsumo compartido de un grupo de más cuatro personas.

Jasone MITXELTORENA |

Una denuncia por el cultivo de marihuana, registrado en una bajera de Iruñea, ha quedado sobreseída el pasado 30 de marzo por decisión del Juzgado de Instrucción de Iruñea. La medida fue tomada tras la solicitud del Ministerio Fiscal de que se archivara el caso. Fuentes judiciales remarcaron a GARA que apenas hay precedentes de actua- ciones judiciales similares, especialmente en Nafarroa.

El acusado fue detenido cuando agentes policiales se personaron en una bajera de su propiedad con motivo de la de- nuncia por robo interpuesta por él mismo. Al descubrir la plantación de marihuana, los policías procedieron al arresto del dueño del local. Según denunciaron desde Representación Cannábica de Navarra-Nafarroako Ordezkaritza Kanabikoa (RCN-NOK), partido del cual es afilia- do el acusado, «la detención se llevó a cabo mediante un montaje policial», ya que «le entraron a robar y al final se lo llevaron a él a la comisaría».

El fiscal consideró que «la cantidad encontrada, 18,34 gramos, no permite mantener que se trate de una tenencia preordenada para el tráfico». Considera válida la declaración del acusado al entender que «se trata de una tenencia para el autoconsumo compartido», ya que se manifestó que «la consumen más de cuatro personas».

Desde RCN-NOK denuncian que, pese a esta exculpación, en general los despliegues policiales y las detenciones dañan gravemente la imagen y la situación de esas personas. Criticó que los medios de comunicación inciden en las detenciones, pero no así en las absoluciones.

No sienta jurisprudencia

Este caso se considera importante porque es el primero que se conoce en que un juez asuma que el autocultivo es legal en Nafarroa. Sin embargo, ello no sienta precedente, ya que, al no haberse celebrado el juicio, no se crea jurisprudencia.

RNC-NOK considera «una pequeña trampa» el hecho de que los jueces eviten pronunciarse al respecto y así crear jurisprudencia. Los principales tribunales estatales, el Supremo y el Constitucional, sí han reconocido el cultivo para consumo propio como lícito. Desde el año 1979 existe una jurisprudencia que declara legal la tenencia siempre que no se trafique o no se transporte en la calle, según argumentan desde el partido.

Del caso sobreseído destaca que se trata de un consumo compartido o «cultivo comunitario», como lo definen desde RNC-NOK. Animan a la gente a proceder de ese modo, que los autocultivadores formen grupos o asociaciones, ya que «si las personas son varias, no se ven indicios de delito».

Informaron de que en este momento existen otros dos casos entre sus afiliados que están pendientes de ver cómo acaba el procesamiento. Señalaron que el atestado policial es un factor que resulta determinante.

Los responsables de RNC-NOK subrayaron que la creación del partido está sirviendo para recopilar la información necesaria para hacer un seguimiento de todos los casos. También consideran que aportan «protección al consumidor» y recuerdan que proponen «nuevas soluciones» ante este fenómeno tradicionalmente reprimido.

EL FISCAL

Consideró que la cantidad incautada (18,34 gramos) «no permite mantener que se trate de una tenencia preordenada para el tráfico aun cuando haya elementos para prepararla para el consumo».

EL JUEZ

Determinó el archivo de la denuncia, el pasado jueves, toda vez que la Fiscalía había estimado que no había delito alguno a perseguir. Así las cosas, no habrá juicio, lo que, por otro lado, impedirá que se cree jurisprudencia.

LOS AFECTADOS

Representación Cannábica de Navarra (RCN-NOK) anima a impulsar el consumo compartido o «cultivo comunitario» para conseguir que la práctica no sea condenada por los tribunales.

«El autocultivo de cannabis se encuentra en una situación de inseguridad jurídica"

Distintas asociaciones que tratan el tema del cannabis coinciden en que las penalizaciones relacionadas con esta sustancia y sus derivados no están definidas. El consumo no está penalizado, y por lo tanto el autocultivo tampoco, pero diferenciar el cultivo para consumo propio del destinado a tráfico no está delimitado objetivamente. No existe una tabla que indique la cantidad máxima considerada para uno mismo, ya que no se puede definir lo que consume cada uno. Los antecedentes pueden servir de guía, pero tampoco indican mucho si se tiene en cuenta que en el Estado español existen sentencias absolutorias por 156 plantas y, en cambio, condenas a tres años y 120.000 euros por ocho plantas. Las asociaciones que estudian los casos señalan la importancia de reconocer como estupefacientes sólo los cogollos y la resina, ya que la planta en sí no lo es. Por otro lado, para que se sancione por atentar contra la seguridad ciudadana, es necesario que la planta haya cogollado y secado, y en ese caso, sacarla fuera del domicilio. J.M.

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