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El TSJPV obliga a pagar el paro a un inmigrante sin papeles que trabajó sin contrato

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha obligado a una empresa a pagar el paro a un inmigrante sin papeles, al que empleó durante más de año y medio sin contrato.

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Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha obligado a una empresa a pagar el paro a un inmigrante sin papeles, al que empleó durante más de año y medio sin hacerle contrato. Además, recuerda que legalmente el empresario está obligado a solicitar la autorización para que el inmigrante desarrolle el trabajo y afirma que su omisión no supondrá que el trabajador se quede sin las correspondientes prestaciones.

El fallo mantiene que el trabajador, de nacionalidad boliviana, prestó servicios para la empresa, «careciendo de permiso de trabajo y de residencia desde el 10 de marzo de 2004, con un salario de 31,54 euros por día y se extinguió el contrato el 3 de agosto de 2005 por despido verbal, calificado `nulo' por los tribunales en noviembre de ese mismo año». En estas circunstancias, el trabajador solicitó prestación de desempleo, denegada por el INEM, por carecer no tener permiso de residencia, decisión que fue confirmada por el Juzgado de Social número 2 de Bilbao en agosto de 2006.

El empleado recurrió la sentencia, que fue estimada por el TSJPV, concediéndole el derecho a cobrar la prestación por desempleo. La resolución judicial del alto tribunal recuerda que «es un requisito imprescindible para prestar servicios dentro del ordenamiento jurídico legal que el extranjero obtenga la correspondiente autorización administrativa previa para trabajar, la que habilita para residir durante el tiempo de su vigencia en territorio nacional», de acuerdo a la Ley de derechos y libertades de extranjeros.

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