GARA > Idatzia > Euskal Herria

La Fiscalía anuncia contra ANV una vía de actuación que suscita dudas jurídicas

La Fiscalía del Estado ha anunciado la posible presentación de impugnaciones contra determinadas candidaturas de ANV. Fuentes jurídicas consultadas por este diario ponen en duda que esa actuación sea legalmente viable, puesto que es un procedimiento restringido a las agrupaciones de electores. Sin embargo, otros juristas dan por hecho que en el Estado español los tribunales puedan acomodarse a un «interés superior" para actuar contra la izquierda abertzale.

Iñaki IRIONDO |

El Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, sigue extendiendo un manto de sospecha sobre ANV. En una entrevista publicada ayer por «La Razón» afirmaba -a pesar del informe policial unificado y la Audiencia Nacional señalan que no hay «vínculos con ETA-Batasuna»- que «el proceso de ilegalización de la Ley de Partidos es excesivamente lento para obtener de la Sala del 61 una decisión con tiempo de impedirles participar en las elecciones. Por tanto, nos planteamos impugnar aquellas candidaturas que sean fraudulentas».

Más adelante abundaba en que «una ilegalización después de los comicios no tendría carácter retroactivo. Los candidatos elegidos ya estarían elegidos. Por eso usaremos una vía más rápida. En una demanda separada incluiremos a aquellas candidaturas de ANV que, de acuerdo con la jurisprudencia del Constitucional, nos permita una impugnación con posibilidades de éxito».

En cuanto a esa jurisprudencia, Conde-Pumpido detalla que para el TC «una cosa son los partidos y otra los ciudadanos, que se pueden presentar aunque su opción política sea próxima a los partidos ilegalizados». Y añade que «el problema es que el Constitucional no permite [impugnar una lista] en la que esté una persona que haya sido concejal hace años de Batasuna. Por eso tendremos en cuenta la relevancia de las personas de la lista y la impugnaremos en función del puesto que ocupan y del número de concejales que hubiesen obtenido anteriormente».

Una posibilidad muy dudosa

Sin embargo, lo que a algunos juristas les ofrece dudas no son los criterios del TC, sino la posibilidad misma de que se puedan impugnar por continuidad de un partido ilegalizado listas sueltas de una formación legal.

El jueves, a la vista de las pretensiones que iba anunciando la Fiscalía, «El País» ya destacaba en su primera página que «la ley electoral sólo prevé la impugnación de candidaturas de agrupaciones electorales que pretendan continuar la actividad de Batasuna, pero no la de listas de un partido legal».

La reforma de 2002 de la Ley de Partidos contempló la inclusión en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General un artículo 44.4 para evitar la presentación de agrupaciones de electores. La Ley de Partidos prevé también que «se considerará fraudulenta la utilización de un partido ya inscrito en el Registro que continúe o suceda la actividad de un partido ilegal y disuelto» y, para evitarlo, se recoge la posibilidad de que la Sala del 61 proceda a su ilegalización. Pero lo que no figura en ningún artículo de la ley electoral ni de la de partidos es la posibilidad de declarar como sucesoras de un partido ilegalizado unas listas sí y otras no de otro partido legal. Así lo han confirmado a GARA juristas que señalan que las pretensiones de la Fiscalía no casan con la Ley.

En igual sentido se expresaron recientemente juristas consultados por «Abc». Por una parte, señalaban que a ninguna persona que no esté expresamente condenada o inhabilitada se le puede impedir presentarse a unas elecciones. Y a esto añadían que «para anular una o más listas de un determinado partido es necesario demostrar que forman parte de la estrategia de ese partido para sustituir a otro en fraude de ley. No pueden depurarse las listas aisladamente, sino que habría que acudir a la demanda de ilegaliza- ción en ejecución de sentencia». Ponían como ejemplo que «si ANV proclama 252 candidaturas, no es posible que sólo tenga interés fraudulento (para sustituir a Batasuna) en 50 ó 100 de ellas. O todas o ninguna».

Sin embargo, otros juristas consultados por GARA recuerdan que cuando existe interés político en actuar contra la izquierda abertzale los tribunales españoles han demostrado que la legalidad acaba siendo interpretada de acuerdo a ese interés superior, por lo que no confían en que la literalidad de la ley frene a la Fiscalía.

No se puede

Según algunos juristas, no es posible impugnar por sucesión fraudulenta de un partido unas listas sí y otras no de una formación legal. Hay que ilegalizar el partido. Sólo se puede actuar así contra las agrupaciones de electores.

siempre es posible

Otros juristas, en cambio, recuerdan que siempre que ha habido interés político en actuar contra la izquierda abertzale los tribunales han encontrado la forma de acomodar sus sentencias a ese interés político superior.

Adelantan que impugnarán la mitad de las listas

Entrada la noche, tanto Europa Press como la agencia Efe, que citaban «fuentes fiscales» o «fuentes del Ministerio de Justicia», informaron de que la Fiscalía General y la Abogacía del Estado han decidido impugnar cerca de la mitad de las candidaturas presentadas por ANV para las elecciones del 27 de mayo. Ambas agencias cifraban «entre 90 y 125» el número de listas de esta formación que se verían afectadas. ANV ha presentado un total de 252 candidaturas.

Además, las citadas fuentes confirmaron que recurrirán la proclamación de otras 225 listas integradas por ciudadanas y ciudadanos vascos, que corresponden a las agrupaciones que se presentan bajo la denominación Abertzale Sozialistak.

Las impugnaciones serán presentadas ante la denominada Sala del 61 del Tribunal Supremo. Las citadas agencias adelantaron que los recursos contra las listas de ASB se presentarán a primeras horas del jueves, mientras que los referidos a ANV se tramitarán antes de la medianoche, que es cuando concluye el plazo establecido por la ley electoral. La Sala del 61 tiene tres días -de jueves a sábado- para tomar su decisión.

GARA

Imprimatu 
Gehitu artikuloa: Delicious Zabaldu
Igo