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Funeraria Bilbaína no podrá recurrir sobre el crematorio si Madrazo lo pide

Los vecinos que se oponen a la apertura de un crematorio en el céntrico tanatorio de Funeraria Bilbaína reclamaron ayer a la delegada de Urbanismo en funciones que impida que esta empresa recurra ante tribunales superiores la sentencia que le niega la licencia de actividad.

Agustín GOIKOETXEA |

Los vecinos del entorno del tanatorio de Funeraria Bilbaína, a escasos metros de la casa consistorial, pidieron ayer a la delegada de Urbanismo y Medio Ambiente en funciones, Julia Madrazo, que reclame al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbo que cierre la puerta al recurso de apelación de la compañía de pompas fúnebres a la sentencia que avala que el Ayuntamiento no concediese la licencia de obras y actividad para instalar un horno crematorio en el número 10 de la Avenida Zumalakarregi .

Los residentes, que fueron los que exigieron al Consistorio que denegase los permisos en abril de 2004, subrayan que debe ser el Ayuntamiento, de oficio, quien lo solicite. Al ser una sentencia en primera instancia, hecha pública el pasado jueves aunque se falló el 3 de mayo, la funeraria todavía puede recurrir ante los tribunales, que es lo que quieren que se impida los vecinos del entorno.

La petición se fundamenta en que desde abril de 2005 existe en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) una restricción para emplazar crematorios a una distancia mínima de 500 metros respecto a zonas pobladas. Este cambio en el planeamiento urbanístico fue refrendado en mayo de 2006 por la Diputación vizcaina.

Desde la comisión ciudadana que ha liderado la oposición al crematorio no ocultaron su satisfacción por el fallo judicial, en el que se recuerda a la funeraria que no tiene libertad absoluta, según la doctrina del Constitucional español, y tiene que someterse a las reglas, entre otras, «las que tutelan los derechos de los consumidores, preservan el medio ambiente u organizan el urbanismo y una adecuada utilización del territorio para todos».

En la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 se reconoce que, a pesar del vacío legal que existía en Bilbo en 2004, cuando Funeraria Bilbaína solicitó las licencias municipales, era preciso aplicar el Reglamento de Policía Sanitaria y Mortuoria de 1974, del que se desprende indirectamente que los crematorios tienen que guardar una distancia mínima de 500 metros respecto a los núcleos de población.

Al margen de la valoración de la comisión vecinal, la todavía delegada de Urbanismo y Medio Ambiente declaró que este fallo judicial «avala las tesis del Ayuntamiento».

La fuerza política que apoyó en la primavera de 2004 sin reservas a los vecinos fue Batasuna. Ayer, el que fuera uno de sus concejales, Dabi Alonso, no ocultó su satisfacción por la resolución judicial, aunque recordó que «Funeraria Bilbaína llegó a plantearse construir un horno para incinerar cadáveres a escasos metros de bloques de viviendas y del propio ayuntamiento porque antes, a raíz de un acuerdo que alcanzó con sus responsables siendo alcalde Josu Ortuondo, hubo que cederle el solar donde se levanta el tanatorio, valorado en 75 millones de pesetas». «La razón no era otra -afirmó- que evitar que acudiera a los tribunales esgrimiendo un decreto anterior, firmado por la delegada de Urbanismo, por entonces Ascensión Pastor, del PP, que le autorizaba a instalarse en los locales del antiguo restaurante Lasa». En aquel caso, los vecinos de Begoña también se opusieron.

AGRADECIMIENTO

La comisión vecinal agradece su apoyo a las 5.000 personas que avalaron su propuesta hace cuatro años y a quienes les respaldaron económicamente para acudir a los tribunales y lograr esta sentencia.

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