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El TC da por bueno que en el artículo de De Juana había «provocación a la violencia»

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El Tribunal Constitucional español ha rechazado el recurso de amparo presentado por el preso donostiarra Iñaki de Juana contra la sentencia de cárcel dictada en su contra por dos artículos de prensa publicados en GARA. Al hacerlo, el máximo tribunal español se alinea además con las tesis de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo españoles, ya que da por bueno que los citados artículos, críticos con la política carcelaria, «contienen la provocación a la violencia».

El Constitucional matiza que esta supuesta incitación se produce de manera «siquiera indirecta», pero argumenta que al estar «referida a la comisión de gravísimos delitos, impide la cobertura del ejercicio legítimo de la libertad de expresión».

La Fiscalía ya había reclamado que la demanda de amparo no fuera admitida, por lo que la condena dictada en su día por el Tribunal Supremo (que rebajó a tres años los doce y siete meses impuestos inicialmente por la Audiencia Nacional) queda confirmada.

Huelgas y encarcelamientos

El Supremo condenó a De Juana como autor de un delito de «amenazas» en concurrencia con otro de «enaltecimiento del terrorismo», y le absolvió de los imputados inicialmente de «pertenencia a banda armada» y «amenazas terroristas». Todas estas acusaciones fueron diseñadas a partir de los artículos de prensa con el objetivo de mantenerle en prisión al agotar sus condenas, en el año 2005.

Iñaki de Juana retornó a prisión el pasado 6 de junio. Antes tuvo que llevar a cabo dos durísimas huelgas de hambre que le situaron al borde de la muerte para denunciar los ataques de los tribunales (en un primer momento, la Fiscalía reclamaba nada menos que 96 años de cárcel por los artículos ``El Escudo'' y ``Gallizo'').

Según fuentes judiciales citadas por agencias, se estima que De Juana cumplirá la condena de tres años en torno al próximo mes de agosto.

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