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El TC pide que se investigue si Alberto Viedma sufrió torturas

El Tribunal Constitucional español ha amparado a Alberto Viedma, condenado en relación con la muerte del edil de UPN en Iruñea Tomás Caballero en 1998, y ha ordenado que se indague si sufrió torturas tras su detención en 2002 al estimar que la denuncia que presentó por ello no se investigó de forma «eficaz». Viedma fue detenido en febrero de 2002 por la Guardia Civil y días después presentó un escrito en el que denunció haber sido víctima de malos tratos.

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En una sentencia notificada ayer, la Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) señala que, aunque «se emprendió con prontitud» una investigación judicial, ésta se cerró «cuando persistían aún sospechas razonables de que el delito se había cometido y medios aún disponibles para despejarlas». Alberto Viedma fue detenido en Iruñea el 28 de febrero de 2002 por la Guardia Civil y días después presentó un escrito en el que denunció torturas y que llegó al Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid.

Un año más tarde se acordó el sobreseimiento de la denuncia «por carecer de verosimilitud», ya que Viedma, «una vez en Madrid y en sede judicial, se negó a ser reconocido por el médico forense». Sin embargo, la sentencia del Constitucional español, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Pérez Tremps, considera que el archivo se produjo sin que se hubiesen practicado todas las diligencias «relevantes» para determinar si hubo o no torturas.

El fallo cita la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y dos recientes sentencias del Constitucional para recordar que si existe una sospecha «razonable» de tortura «deben tomarse en consideración las circunstancias concretas de cada caso, siendo pre- ciso atender la probable escasez de pruebas existente en este tipo de delitos».

La resolución señala que Viedma fue trasladado a un hospital al inicio de su detención por sufrir «un malestar y mareo generalizado», apreciándose un «eritema leve en zona superior derecha de la espalda» y una «taquicardia de 96», y añade que el detenido denunció signos físicos en nuca y espalda a consecuencia de las agresiones que atribuyó a agentes policiales.

Para el Constitucional, no es «determinante» que Viedma se negara a ser reconocido en sede judicial porque, «de ser ciertas las torturas», esa renuncia pudo deberse «a una voluntad condicionada por la intensa intimidación previa o por el miedo a verse sometido de nuevo a la cus- todia de sus agresores».

El TC cree un «error» que se archivara la causa con el argumento de que Viedma no aclaró qué diligencias faltaban por practicar, y agrega que la «falta de credibilidad» que el juez atribuyó a la denuncia podría haber sido desmentida o corroborada por el testimonio del detenido.

escasez de pruebas

La sentencia del Constitucional cita jurisprudencia para sostener que si existe una sospecha «razonable» de tortura hay que atender «a la probable escasez de pruebas existente en este tipo de delitos».

no determinante

No es «determinante» que Viedma se negara a ser reconocido en sede judicial, ya que «de ser ciertas las torturas» pudo estar condicionado por la «intimidación previa» o por miedo a verse de nuevo con los agresores.

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