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Condenan a Iberia por cancelar un billete de regreso

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbo ha condenado a Iberia por cancelar un billete de regreso de un pasajero que no usó el billete de ida y obligarle a pagar uno nuevo, cuyo importe y las costas deberá satisfacer la compañía aérea.

La resolución, la primera en el Estado español de estas características, declara contraria a la ley la práctica de las compañías aéreas que cancelan de modo automático los billetes de regreso, cuando son de ida y vuelta, si el pasajero no utiliza el vuelo de ida. En este sentido, el juez de lo Mercantil califica de «abusiva» y carente de justificación esta práctica.

Un vecino de Artzentales adquirió un billete de ida y vuelta entre Bilbo y Badajoz. A causa de una lumbalgia, que acreditó, no pudo realizar el vuelo de ida y acudió a su destino por otros medios. Al intentar regresar desde Badajoz a Bilbo, se le negó la facturación porque el billete se le había cancelado, lo que le obligó a comprar otro que le supuso un gasto de 377,08 euros.

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