El mercado laboral de la UE sigue cerrado para algunos trabajadores comunitarios
Después de que el Estado español, Portugal, Grecia y Hungría levantaran el pasado uno de enero las restricciones a la libre circulación de trabajadores procedentes de Rumanía y de Bulgaria, todavía son trece los estados que mantienen cerrados sus mercados laborales a estos trabajadores. La libre circulación de trabajadores comunitarios es sólo una realidad en catorce de los Veintisiete estados que conforman la Unión Europea.
GARA |
El comisario europeo de Empleo y Asuntos Sociales, Vladimir Spidla, celebró la reciente decisión del Estado español, Portugal, Grecia y Hungría de levantar las restricciones a la libre circulación de trabajadores procedentes de Rumanía y de Bulgaria desde el uno de enero de 2009 y abrir sus mercados laborales. Animó, al tiempo, al resto de Estados miembros de la Unión Europea que todavía mantienen en vigor restricciones a que las eliminen lo antes posible.
Asimismo, hizo hincapié en que la ralentización de la economía «no es una razón para continuar las restricciones», ya que las personas que buscan empleo acuden «allá donde se precisa mano de obra y no a estar desempleados en otro país».
Un informe de la Comisión Europea constata que la libertad de movimiento de los trabajadores europeos ha contribuido al crecimiento eco- nómico al satisfacer la escasez de capacidades en los mercados laborales.
El informe precisa que, a pesar de algunos problemas iniciales de ajuste, la libre movilidad de trabajadores tiene poco o ningún impacto negativo en los salarios o en el desempleo en los países de destino.
Recalca, además, que los quince antiguos miembros de la UE (Estado francés, Alemania, Italia, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Gran Bretaña, Dinamarca, Irlanda, Grecia, Estado español, Portugal, Austria, Suecia y Finlandia) reciben mucha más inmigración de países terceros que de los doce que han entrado en la Unión desde 2004.
La primera fase de las disposiciones transitorias sobre la libre circulación de trabajadores búlgaros y rumanos concluyó el pasado 31 de diciembre. En ese momento esas personas podían trabajar en diez estados de la Unión Europea, mientras que otros quince Estados miembros les seguían imponiendo una serie de restricciones tales como la necesidad de poseer un permiso de trabajo.
Los estados que optaron por seguir aplicando limitaciones durante la segunda fase de integración al mercado laboral comunitario tuvieron que notificárselo a la Comisión antes del uno de enero.
El resultado fue que once Estados manifestaron su intención de continuar con las restricciones mientras que cuatro decidieron levantarlas, lo que quiere decir que en la actualidad los rumanos y los búlgaros pueden ser empleados libremente en un total de catorce de las Veintisiete estados miembros.
Dinamarca, que por el momento mantiene ciertas limitaciones para que estos trabajadores accedan a su mercado, ya ha anunciado que las eliminará a partir del próximo uno de mayo, momento en que también levantará las que impone a los trabajadores de la UE-8 (los del este y el centro de Europa que se incorporaron en 2004 menos Malta y Chipre).
Actualmente sólo Dinamarca, Alemania, Austria y Bélgica mantienen limitaciones a los trabajadores procedentes de los estados UE-8 (República Checa, Hungría, Polonia, Eslovaquia, Eslovenia, Lituania, Letonia) quienes se encuentran al final de la segunda de las tres fases de inserción en el mercado laboral comunitario que marca su tratado. Durante la segunda fase de integración, que está prevista que termine el 31 de diciembre de 2011, los Estados miembros podrán suprimir las restricciones en cualquier momento.
No obstante, en ningún caso podrán mantenerlas más allá del 2012 para los estados que conforman la UE-8, ni de 2013 para Bulgaria y Rumanía.
Actualmente los trabajadores procedentes de la República Checa, Hungría, Polonia, Eslovaquia, Eslovenia, Lituania y Letonia sufren limitaciones en Dinamarca, Alemania, Austria y Bélgica.
A partir del 2012 ninguno de los Veintisiete estados de la UE podrá mantener restricción alguna a los trabajadores procedentes de la UE-8; tampoco a los de Bulgaria y Rumanía a partir del 2013.
El Gobierno británico quiere acabar con la jubilación obligatoria a los 65 años y dejar que el trabajador decida si quiere seguir en el trabajo, según informó ayer "The Daily Telegraph".
El Gobierno laborista plantearía a los trabajadores prolongar su vida laboral, ya que no se podría obligar a trabajar a nadie más allá de los 65 años.
La reforma legislativa se aplicaría además retrospectivamente, es decir, que afectaría también a los trabajadores que han firmado ya contratos laborales que les exigen jubilarse a esa edad. Hasta el 2006, la edad obligatoria de jubilación era de 65 años, o antes en el caso de algunas profesiones, pero ese año el Gobierno modificó la normativa y consideró que ese límite debía considerarse solamente la edad de jubilación «por defecto».
En ese momento el Gobierno no obligó a las empresas a aceptar esa propuesta. Ahora, sin embargo, econsidera que tiene que conceder a los trabajadores «el derecho legal a seguir trabajando». La eliminación del límite de edad obligatorio no debería, sin embargo, afectar al momento en que pueden comenzar a cobrarse las pensiones. Para mediados de siglo, la edad de jubilación será de 68 años tanto para hombres como para mujeres.
«Mucha gente disfruta ahora de buena salud hasta los noventa y más años, y habría que juzgar a los individuos por su capacidad en lugar de obligarlos a interrumpir sus carreras cuando podrían estar en su mejor momento», afirma lord Oakeshott, portavoz liberal-demócrata para temas de pensiones en la Cámara Alta.