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Análisis | Movimientos en el sistema financiero

¿Participaciones preferentes? Menos que nunca

Si hasta ahora estos productos se emitían a perpetuidad y quedaba en manos de las compañías elegir el día de la devolución del principal, ahora se han convertido en una especie de donación a ciegas.

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Alberto CASTRO Analista bursátil

En un momento especialmente convulso en el mercado financiero, el autor pone sobre la mesa los riesgos de productos como las participaciones preferentes que están ofertando algunas instituciones al objeto de adquirir fuerza y cumplir con la normativa Basilea III.

Las entidades financieras vuelven a la carga con la emisión de participaciones preferentes a fin de captar fondos para dotar de músculo a su capital de primer nivel. De este modo, tratan de cumplir con la nueva normativa Basilea III, en la que se exige elevar los coeficientes de solvencia y se modifican las estructuras de capital para blindarse ante nuevas crisis. Una vez más, estas participaciones preferentes no dan derechos y sí muchos dolores de cabeza a quienes las compran convencidos de que son productos de renta fija. No es así; son complejos y de alto riesgo, pero durante años se han colocado impunemente a clientes no avisados o, simplemente, a aquellos que no eran capaces de entenderlos. La zanahoria de la alta rentabilidad «fija» anual debe pasar a un segundo plano y fijarse antes en la letra pequeña, sobre la que hay que colocar la lupa con suma atención.

Leerse las advertencias de la CNMV sobre los elevados riesgos de estos productos es siempre un buen consejo.

Discrecionalidad total. Además, se lo han puesto más difícil a los inocentes compradores de participaciones preferentes. Si hasta la fecha estos productos se emitían a perpetuidad y quedaba en manos de las compañías la facultad de elegir el día de la devolución del principal, se ha dado otra una vuelta de tuerca hasta convertirlos en una suerte de donación a ciegas. Ahora, casi todo queda bajo la discrecionalidad del emisor.

Con la nueva normativa Basilea III, que regulará el sistema financiero a partir de 2019, se ha dado un paso más para elevar el riesgo de estos productos. Las entidades podrán dejar de pagar los intereses acordados, además de por la falta de beneficios distribuibles, por entender que se encuentran en una mala situación financiera sin más, y por la negativa del Banco de España ante sus dudas de solvencia. Y, como hasta ahora, las remuneraciones no percibidas en un ejercicio se pierden para siempre. Además, en supuestos de insuficiencia patrimonial del banco, podría liquidarse la emisión unilateralmente por valor inferior al nominal, con la consiguiente pérdida para el titular.

Banca Cívica, el primero. El primero en ofertar acciones preferentes bajo este nuevo marco de regulación financiera ha sido Banca Cívica S.A., grupo integrado por Caja de Burgos, Caja Navarra y Caja Canarias. Esta entidad fue una de las siete que suspendió el verano pasado el test de resistencia europeo.

Pretenden captar un máximo de 200 millones de euros hasta el 16 de febrero. En esta emisión se ofrece un interés mínimo del 8,65% durante los cuatro primeros años. Después, la rentabilidad será variable, referenciada a Euribor a tres meses más un diferencial del 6,74%. Las remuneraciones serán trimestrales.

El emisor ha firmado un contrato de liquidez que alcanza el 2,5% del saldo vivo, por lo que se aleja del 10% estimado como idóneo por la CNMV. Estas participaciones pueden ser objeto de compra y venta en la plataforma SEND del mercado de renta fija AIAF. A este respecto, la CNMV ha propuesto recientemente un modelo de contrato de liquidez, así como la realización de buenas prácticas en la contratación e información a los minoristas.

Los expertos estiman que en los próximos meses se producirán más emisiones de estos productos, muy atractivos puesto que aumentan la cantidad y la calidad del capital, tal como se establece en los nuevos requerimientos de Basilea III, sin necesidad de realizar ampliaciones.

Posibles quiebras. Así, debe tener presente siempre que sólo cobrará los intereses cuando la entidad o el Banco de España lo decidan. Además, si el banco quebrara, no sólo dejaría de percibir esos intereses sino que, casi con toda probabilidad, no recuperaría un céntimo de la inversión. Estos productos sólo están por delante de las acciones ordinarias y de las cuotas participativas de las cajas, en su caso, a la hora de colocarse en la cola de los acreedores.

Sin embargo, estarían por detrás de todos los acreedores privilegiados, comunes y subordinados del emisor.

Y aunque esta eventualidad de quiebra se veía lejos años atrás, la crisis actual ha puesto todo en su sitio y, por tanto, no se debe pasar por alto este grave riesgo que ya no es sólo hipotético. Los casos sucedidos, por ejemplo, en Islandia y Estados Unidos -origen del invento- dan buena muestra de ello. También se han visto impagos de esas rentabilidades prometidas en el Estado español y reducciones de los nominales a la hora de recuperar la inversión.

Elevados riesgos. No obstante, si usted comprende los altísimos riesgos de estos productos, entiende que no son depósitos bancarios cubiertos por el Fondo de Garantía, sabe de su iliquidez a pesar de negociarse en la plataforma SEND, confía en la entidad emisora a la hora de pagar los intereses anuales, cree que ésta no va a quebrar en este tiempo de zozobra y que, incluso, piensa que la amortización se hará en un plazo prudente para su planteamiento financiero a pesar del carácter perpetuo de la emisión, no le parecerá tan mala idea colocar sus ahorros en participaciones preferentes. De lo contrario, ahora, menos que nunca.

Por otra parte, si ha invertido ya en este producto y la caja se integra en un SIP (Sistema Institucional de Protección), conocida como «fusión fría» al no sumarse todos los patrimonios de las entidades participantes, debe saber que se mantienen las características y condiciones de las emisiones.

El sólo hecho de la integración no supone, por tanto, cambio alguno para las participaciones preferentes.

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