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La Audiencia navarra falla ahora que con devolver el piso no se salda una deuda

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La Secci�n Tercera de la Audiencia de Nafarroa ha fallado en un auto que con la devoluci�n de un piso no se salda la deuda hipotecaria contra�da con una entidad financiera, el BBVA. Este fallo se produce despu�s de que el pasado 26 de enero se conociese otro auto de la Secci�n Segunda de la Audiencia en la que se consideraba lo contrario, que con la simple entrega de la vivienda se saldaba la deuda, aunque el inmueble hubiese perdido valor por la crisis econ�mica.

Por el contrario, en el auto de la Secci�n Tercera de la Audiencia de Nafarroa, al que tuvo ayer acceso Efe, se estima el recurso presentado por el BBVA contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucci�n n�mero 2 de Lizarra y se falla que el Juzgado proceda a embargar los bienes de la parte ejecutada en �cantidad suficiente� para cubrir la suma reclamada.

La vivienda fue tasada en 203.000 euros, pero se subast� a 137.350 euros, cuando la deuda del propietario con el banco era de 181.846,4 euros, m�s intereses (del 19 % anual).

El BBVA pidi� la diferencia, de 44.496,4 euros, una petici�n que fue denegada por el Juzgado de Primera Instancia y que ahora ha sido aceptada por la Audiencia navarra.

En los fundamentos de derecho del auto conocido ayer se recuerda que el juez ha de estar sometido en su ejercicio a las leyes aprobadas por los �rganos legislativos y al conjunto del ordenamiento jur�dico. En la parte dispositiva se afirma que el art�culo 1911 del C�digo Civil establece que el deudor debe responder con todos sus bienes �presentes y futuros� del cumplimiento de sus obligaciones.

Por su parte, el art�culo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Civil fija que, si subastados los bienes hipotecados, su producto fuera insuficiente para cubrir el cr�dito, el juez podr� pedir el embargo por la cantidad que falta.

Por ello, la Secci�n Tercera de la Audiencia de Nafarroa considera que la normativa es tan evidente que �no se alcanzan a comprender las razones� por las que el Juzgado de Instrucci�n eludi� su aplicaci�n. �M�xime cuando en su resoluci�n afectan al principio de seguridad jur�dica en cuanto alteran el marco normativo y las bases sobre las que se asienta en Espa�a el sistema de garant�a hipotecaria�, se argumenta en el auto.

Valoraciones del primer fallo

A pesar de que eran conscientes de que BBVA iba a recurrir, al conocerse el primer fallo, las asociaciones de consumidores consideraron que la resoluci�n ten�a una clara la relevancia ante los abusos bancarios en plena crisis. �Aunque no sienta jurisprudencia, realmente abre una ventana de respiro para muchos hipotecados�, resalt� entonces a GARA Mar�a Gracia, delegada de Ausbanc en la CAV. �Se trata de una sentencia novedosa y beneficiosa para el consumidor�, insistieron desde Irache.

Para la Plataforma espa�ola de Afectados por la Hipoteca se trataba de una decisi�n �hist�rica� que abr�a �una v�a judicial para todos aquellos a los que ya les han subastado la vivienda y se han quedado con una deuda, abre una v�a para aquellos que avalaron a sus hijos y que ven horrorizados c�mo una ejecuci�n hipotecaria no s�lo condena a su hijo o hija a la pobreza sino que, adem�s, se lleva por delante su propia vivienda�.

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