Cuarenta prejubilados rechazan el permiso y vuelven a Babcock
Unos 40 prejubilados de la planta de Babcock de Trapagaran han rechazado el permiso retribuido que les había ofrecido la dirección de la empresa tras la suspensión del ERE, mientras otro grupo de 180 trabajadores ha optado por aceptar el permiso hasta que se solucione el conflicto. El comité de empresa ha sido citado hoy en el Juzgado de lo Mercantil para que recoja la documentación relativa al nuevo ERE de extinción de contratos.
GARA | SESTAO
Los 258 prejubilados que fueron obligados el pasado viernes a reincorporarse a Babcock Power España tras anular el Supremo el ERE de 2004 han llevado a cabo esta semana varias asambleas para valorar la decisión de la empresa de ofrecerles un permiso retribuido mientras plantea un expediente de extinción de sus contratos.
Según confirmaron fuentes del comité de empresa a la agencia Europa Press, un grupo compuesto por unos 40 prejubilados rechazó el pasado lunes el permiso ofrecido por la empresa y decidió presentarse a su puesto de trabajo, siguiendo el consejo de sus abogados.
Otro grupo de cerca de 180 personas se reunió también en asamblea y decidió acogerse al permiso retribuido mientras se soluciona el conflicto, según confirmaron fuentes sindicales. Según esta misma fuente, existe otro tercer grupo de 35 trabajadores que aún no ha tomado una decisión.
Mientras tanto, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbo ha citado para hoy al comité de empresa de Babcock para que recoja la documentación relativa al nuevo ERE de extinción de contratos.
A partir del jueves, se abrirá un periodo de consultas de 30 días con los sindicatos, pero el plazo tendrá que concluir sin acuerdo para que los trabajadores se puedan acoger a las garantías laborales comprometidas en el momento de la privatización por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
Cuestión formal
Los 258 prejubilados de la planta de Babcock tuvieron que acudir el pasado viernes a la empresa, donde se reunieron en grupos de 45 con la dirección, que les comunicó la decisión que ha adoptado para cumplir la sentencia del Tribunal Supremo de 22 de febrero que declaraba nulo el ERE de 2004.
La resolución del Supremo declaraba nulo dicho expediente por una cuestión formal, ya que considera que la competente en este caso no es la autoridad laboral del Estado español, que es la que aprobó el expediente, sino la de la Comunidad Autónoma Vasca.
Este hecho ha provocado una situación surrealista, ya que este grupo de prejubilados ha percibido sus periodos de paro correspondientes, pero ahora podrían serles reclamados por los servicios públicos de empleo si deciden pedir la ejecución de la sentencia. Este hecho, a su vez, obligaría a la empresa a pagar a los trabajadores los salarios atrasados en los siete años.
Pero la empresa se encuentra en fase de liquidación -con un procedimiento concursal desde el pasado mes de diciembre- y no tiene dinero para pagar estos salarios, por lo que habrá que esperar a la liquidación de sus bienes o al Fogasa.
Precisamente, para abordar el problema surgido con estos prejubilados estaba prevista una reunión ayer tarde con el director de Desarrollo Industrial del Departamento de Industria, Juan Garayar.
La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) considera que la readmisión de los 258 trabajadores afectados por el ERE de 2004, anulado por el Supremo, es «improcedente por imposibilidad fáctica y jurídica».
En una nota de prensa, esta Sociedad, así como su filial Cofivacasa (encargada de llevar a cabo los procesos de liquidación), asegura que la sentencia del Supremo «no ha sido comunicada a la Dirección General de Trabajo», a quien corresponde la ejecución de la sentencia y que, por lo tanto, el ERE «no se encuentra anulado». Tampoco es posible la readmisión, según la SEPI, porque la empresa «ha manifestado su voluntad inequívoca de proceder a la disolución y liquidación de su patrimonio».
La sociedad aboga por que la dirección de la empresa y los administradores concursales esperen a que «se lleve a cabo un procedimiento regular de la ejecución de sentencia», lo que, en su opinión, «no provocaría lesión ni perjuicio alguno a los derechos de los trabajadores».
Por el contrario, la admisión de los trabajadores, que SEPI considera «incomprensible», «puede generar gran incertidumbre en la medida en que podría llevar a una retroacción de los efectos económicos». Además, el resto de acreedores «pueden resultar perjudicados por los salarios que genere dicha reincorporación y el pago de las indemnizaciones».
Por estos motivos, SEPI y Cofivacasa han pedido al Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbo ser oídos previamente a que se autoricen judicialmente las decisiones de la empresa o de la administración concursal. GARA