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Raimundo Fitero

Derechos del autor

Vaya por delante que el señor Arturo Pérez Reverte, famoso escritor de éxitos de ventas, antes aguerrido corresponsal de guerra televisivo y cronista de los bajos fondos ciudadanos, no es precisamente alguien al que se le pueda seguir sin sentir cierto vértigo dada su propensión al exabrupto, el adjetivo demoledor y la concatenación de ideas que confluyen en una visión del mundo cada vez más cercana a la glorificación de la fuerza y del poder instituido acompañadas de sus formas cargadas de tanta soberbia que produce rechazo visual.

Pero esta semana ha realizado unas declaraciones que expurgándolas de los floridos desacatos a la prudencia, sitúan una vez más el debate de los derechos de los autores sobre sus novelas cuando son transferidas a otros lenguajes, sean televisión, cine o teatro. Una autorización de adaptación es un acto mercantil. Se hace por una cantidad de dinero estipulada, y se resguardan, normalmente, los derechos de autor, es decir no cede la propiedad intelectual de nada, aunque lo que se hace posteriormente a partir de la cesión bien pagada, es donde empiezan los conflictos. Si autorizas, y no existe una cláusula de revisión, de colaboración, de necesidad del visto bueno, lo que salga ya no forma parte de su jurisprudencia creativa.

Pérez Reverte se refería a la adaptación en forma de serie televisiva de su novela «La reina del Sur» emitida por Antena 3 como «bazofia casposa e infumable». Una magnífica definición para señalar su desacuerdo, expresado según el propio autor, «ahora que no puede hacer daño a terceros porque ya no se emite». Es decir, el mercado, el dinero, se salvaguarda. Su cabreo artístico se demora para cuando ya no se le pueda acusar de boicotear una producción de la que él forma parte contractual.

En este caso concurre una especie de subrogación, ya que lo emitido por Antena 3 es algo así como un refrito, adaptación de la misma serie de producción colombiana que está funcionando perfectamente y que sí tiene el beneplácito de Pérez Reverte. Los contratos tiene letra pequeña, anexos y entorchados, y los autores además de los económicos tienen derechos de autoría artística que se deberían respetar.

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