Absueltos por el Supremo tras no investigarse la denuncia de torturas
El Tribunal Supremo español ha anulado una sentencia de la Audiencia Nacional en la que condenaba a cuatro ciudadanos vascos, al constatar que no se investigaron las denuncias de torturas que interpusieron tras permanecer incomunicados por la Guardia Civil después de ser detenidos en 2008. De este modo, se suspende la sentencia contra Amets Ladislao, Mertxe Alcocer, Ibai Egurrola y Xabier Gutiérrez.
GARA |
El Tribunal Supremo (TS) español ha absuelto a cuatro ciudadanos vascos a los que la Audiencia Nacional impuso penas de entre cinco y siete años de cárcel por «cobijar y ayudar a huir» a dos miembros de ETA en 2008, al tiempo que revela el déficit de garantías producido durante la incomunicación de los detenidos.
La Sala Segunda del Alto Tribunal ha anulado así la sentencia dictada en julio del año pasado por los magistrados de la Audiencia Nacional Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel, que condenaba a siete años de cárcel a Amets Ladislao, Mertxe Alcocer, Ibai Egurrola y Xabier Gutiérrez por sendos delitos de «colaboración con organización terrorista».
En una sentencia que se hizo pública ayer, la Sala de lo Penal del Supremo reprocha al juez instructor, Santiago Pedraz, que no indagara lo suficiente sobre la causa de los traumatismos que presentaba Mertxe Alcocer y que se limitara a «degradar su declaración judicial a una mera burocrática ratificación de las actuaciones policiales», a pesar de que ella denunció ante el juez que había sufrido torturas en dependencia policiales.
«En presencia de una declaración policial compleja, obtenida en régimen de incomunicación, cuando, además, media una denuncia de malos tratos y han dejado de observarse cautelas impuestas por el instructor, éste no puede limitar su intervención a recibir una mera ratificación formularia», mantiene la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez.
De hecho, la denuncia de Alcocer ha sido admitida a trámite por la Audiencia Provincial de Madrid, que ordenó en febrero de este año investigar la denuncia que interpuso esta vecina de Getxo y que había sido archivada por otro juzgado madrileño.
Todos los detenidos en esta operación denunciaron en la Audiencia Nacional torturas sufridas durante su incomunicación en dependencias de la Guardia Civil, pero Pedraz no las tuvo en consideración.
Según relató Alcocer entonces en una comparecencia en Getxo, en la que estuvo arropada entre otros por el director de «Berria», Martxelo Otamendi, y el ex alcalde de la localidad vizcaina Iñaki Zarraoa (PNV), en su traslado a Madrid le golpearon y le colocaron una bolsa de plástico en la cabeza, perdiendo el conocimiento varias veces. Al llegar a los calabozos, la dejaron completamente desnuda.
«Me pasaban un palo entre las piernas, subiéndolo hasta hacerme tanto daño que caía al suelo», relató. «Tengo 58 años, soy ama y amama, pero como sucede cuando tienes un hijo, hasta que no lo vives no conoces su dimensión», afirmó Alcocer, para añadir que «lo que me hicieron no se lo deseo a mi peor enemigo».
Sin grabaciones
El Tribunal Supremo recuerda que Pedraz ordenó a la Guardia Civil que grabara en DVD o vídeo el transcurso de la incomunicación y documentara todas las incidencias producidas en su desarrollo. Sin embargo, la orden de Pedraz resultó «abiertamente incumplida», lo que supone que «la incomunicación sufrió un déficit de garantías todavía mayor que el que ya inevitablemente incorpora por su propia naturaleza». Paradójicamente, estas grabaciones son la excepción en estos casos.
En el caso de Alcocer, los magistrados entienden que no existe ningún dato de corroboración externo que acreditara que hubiera colaborado con dos militantes de ETA y aluden al recurso presentado por su defensa, en el que se subrayaba que declaró coaccionada y en el juicio oral mantuvo su inocencia. «Su declaración autoinculpatoria es todo lo que hay», menciona la sentencia del TS.
Junto a ello, el TS añade que Ibai Egurrola fue condenado por hechos que no fueron objeto de acusación, excediéndose los términos de la imputación del Ministerio Fiscal. Asimismo, absuelve a Amets Ladislao y Xabier Gutiérrez por la «inexistencia de prueba de cargo válida» que les incrimine.
La sentencia del TS se produce después de que desde instancias internacionales se hayan recrudecido las denuncias sobre la inacción para erradicar la práctica de la tortura.
Así, en setiembre de 2010, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, condenó por primera vez al Estado español por no investigar la denuncia por torturas presentada por el preso Mikel San Argimiro. Posteriormente ocurrió lo mismo con otro joven de Donostia llamado Aritz Beristain.
Asimismo, el Comité de Prevención de la Tortura (CPT) ha reclamado al Estado español que lance un mensaje de «tolerancia cero» contra la tortura mediante una declaración oficial que llegue a todos los agentes policiales, según reveló TAT en el Foro Esteban Muruetagoiena, celebrado en Iruñea en marzo. Amnistía Internacional también le ha señalado recientemente.