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Ion Mikel Abellanal Responsable de Acción Sindical de EGAS (Euskal Herriko Garraiolarien Sindikatua)

Puerto de Bilbao: exclusividad vs «relación intensa»

El transportista tiene que esperar a que le asignen trabajo y, actualmente, en muchas ocasiones, la espera es de varios días. La exclusividad conlleva que si incumple y es descubierto, es despedido o sancionado

La aplicación práctica del neoliberalismo (revocación de las conquistas sociales, negación de los derechos de los trabajadores y ausencia de compromisos del empresario a fin de ejercer el dominio absoluto sobre ellos) ha encontrado en el reciente conflicto del transporte en el Puerto de Bilbao el laboratorio para su desarrollo en tres fases.

La primera, criminalización del colectivo de trabajadores autónomos, anulando sus reivindicaciones de derechos sociales y laborales, bajo la acusación de «cártel».

La segunda, ignorar y manipular intencionadamente las reivindicaciones planteadas.

Y la tercera, negación de los derechos elementales de manifestación y negociación, proponiendo únicamente medidas represivas e intimidatorias.

En la primera fase, antes del inicio del paro, las empresas Transbidenor Servicios, S.L. y Bilbao Trucks Logística Portuaria, S.L. enviaron un comunicado a «El Correo» y otros medios de comunicación pidiendo protección, porque decían que se iban a producir agresiones, daños materiales, etc... y con solo esa sospecha, es noticia y se publica tal cual. Las informaciones del paro solo refieren actos vandálicos, imputados (en sentido de detenidos), en vez de identificados, etcétera.

En la segunda fase, se resumen las reivindicaciones del colectivo de 800 transportistas en un intento de reeditar «el cártel» del puerto.

Lo que no se dice, lo que se oculta, son las relaciones contractuales que se dan en el transporte portuario y entre los diferentes agentes: El transportista trabaja en exclusiva para una única comercializadora, no contrata directamente con el usuario y tiene en medio un mínimo de dos comisionistas, el transitario o consignatario, y la comercializadora.

Ni un solo transportista ha sido jamás expedientado ni sancionado por la CNC; sin embargo, sí ha expedientado y sancio- nado a las comercializadoras.

El transporte en los puertos funciona por golpes de trabajo, con la llegada y salida de los barcos, porque con las tarifas portuarias T1 (atraque), T2 (almacenaje) y T3 (embarque/desembarque), cada día de muelle puede llegar a 6.000,00 euros o más. De ahí que se necesite una flota de camiones importante y a disposición, que mueva las mercancías cuanto antes.

Las reivindicaciones planteadas tienen su base en la relación de exclusividad con la que operamos los transportistas, tanto los de contenedores, como los de carga general (bobinas, palanquilla, chapa, etc.), a través de las comercializadoras:

El camión es propiedad del transportista.

El transportista lo tiene que rotular y pintar, a su cargo, con los colores y logotipos de la comercializadora para la que trabaja en exclusividad.

La comercializadora contrata todos los seguros y pasa el cargo a cada transportista.

La comercializadora facilita una PDA al transportista, cobrándosela, para hacerle llegar las órdenes de carga.

El plazo medio de pago de la facturación está entre 80 y 90 días.

El transportista tiene que esperar a que le asignen trabajo y, actualmente, en muchas ocasiones, la espera es de varios días.

La exclusividad otorgada por el transportista para cargar por una comercializadora, conlleva que si incumple y es descubierto, es despedido o sancionado.

A cambio de nuestra exclusividad y disposición de 24 horas al día y de los 365 días al año, las comercializadoras nos dan la preferencia de carga con respecto a otros sin exclusividad. Pero necesitamos esos compromisos verbales por escrito.

Esta exclusividad cuando pasa por mentes ocurrentes se transforma en «relación intensa», como decidió rebautizarla Manu Alvarez en las páginas de «El Correo», el diario más vendido en Bizkaia, y el más leído, tanto en hostelería como a través de las emisoras de radio, en la programación matinal. Cualquier nombre con tal de desvirtuar la legitimidad de las reivindicaciones planteadas.

La Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, contempla los derechos de asociación y negociación colectiva con las empresas, a través de asociaciones y sindicatos, mediante A.I.P. (Acuerdos de Interés Profesional) que se tienen que sustentar en contratos individuales de TRADE (trabajador autónomo económicamente dependiente) o en contratos individuales de transporte continuado (Ley 15/2009, de Contrato de Transporte), para quienes cotizando en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) no tengan la condición de TRADE.

La LOTT (Ley 16/1987, de Ordenación de Transporte Terrestre) y la Ley 15/2010, de lucha contra la Morosidad, también son aplicables en nuestra actividad.

En la tercera fase, el presidente de la APB, José Ramón de la Fuente, acudió a la Consejería de Interior, a la Fiscalía, a la CNC y al Consejo de Administración de la APB, para evitar que nos manifestásemos en nuestros puestos de trabajo y para intimidarnos.

Si fuera sincero, si le preocupase tener un puerto modélico, habría repuesto los urinarios que nos cerró hace más de 5 años, y salas de espera. Los transportistas pasamos cuatro, cinco y más horas a pie del camión mientras se manipulan las mercancías, y no tenemos donde cobijarnos, ni en dónde hacer nuestras necesidades.

La subdirectora del Servicio de Investigación de la CNC, Mª Jesús Mazo, nos confirmó lo que refleja la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia en el artículo 4 (conductas exentas por ley), del capítulo I (conductas prohibidas), que nuestro planteamiento es perfectamente legal, ya que resulta de la aplicación de las leyes que afectan a nuestra actividad.

Para entender la estrategia seguida, tenemos que aportar una serie de claves específicas sobre las relaciones entre diferentes personas.

El presidente de la Autoridad Portuaria de Bilbao, José Ramón de la Fuente Arteagabeitia, nombrado a propuesta del Gobierno Vasco del PSE-EE, previsiblemente será sustituido en breve con el nuevo Gobierno.

Antes fue bodeguero en La Rioja Alavesa (usuario del transporte) y ahora como presidente de la APB comparte silla en la administración de la empresa SIV (Servicios Integrales Vitoria Depot, S.L.), junto a las dos empresas que pidieron «protección» el viernes anterior al inicio del Paro.

Transbidenor y BTL son el resultado de la concentración de varias empresas comercializadoras, en cuyo proceso contrataron a la empresa de imagen y comunicación VK Comunicación, S.L., propiedad de Virginia Knorr Garmendia.

Virginia Knorr está casada con Manu Alvarez, periodista encargado de la información del paro en el Puerto de Bilbao por «El Correo».

Si las campañas de prensa de años anteriores no fueron suficientes para «contaminar» el imaginario público, ya tenemos al grupo de «relación intensa» o «cártel» o como se les quiera denominar, encargado de manipular y desprestigiar al colectivo de transportistas autónomos que trabajamos en el Puerto de Bilbao, con el objetivo de negarnos los derechos que nos corresponden.

Este colectivo de 800 transportistas, que celebró una asamblea el 20 de octubre con asistencia de más de 400, aprobó por unanimidad requerir a las comercializadoras un AIP para que reflejara, por escrito, los acuerdos verbales existentes desde hace muchos años.

Finalmente, el 20 de noviembre, en asamblea en la Escuela Náutica de Portugalete, con asistencia de 664 transportistas, debatimos durante cuatro horas ordenadamente, votamos mediante papeletas en dos urnas, con el resultado de 2 votos nulos, 10 en blanco, 283 por mantener el paro y 286 que consideraban que había garantías sufi- cientes para desconvocarlo. Fue todo un ejemplo de civismo y ejercicio democrático: ¿Dónde estaban esos «camioneros» mafiosos, que «dan tanto miedo»?

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