El TC avala la asistencia sanitaria a inmigrantes sin papeles en la CAV
El TC ha avalado la decisión de Lakua de dar atención sanitaria a los inmigrantes sin papeles, al entender que la no asistencia repercutiría en su salud individual, así como en la colectiva. En cambio, mantiene la suspensión cautelar de las medidas relacionadas con el copago médico.
GARA | DONOSTIA
El Tribunal Constitucional español avala la decisión del Gobierno de Patxi López de dar atención sanitaria a las personas inmigrantes sin papeles y, al mismo tiempo, mantiene la suspensión cautelar de las medidas autonómicas relacionadas con el copago farmacéutico. En el auto hecho público ayer, el TC acuerda el levantamiento de la suspensión cautelar de varios de los artículos recogidos en el decreto de Lakua del 26 de junio, en el que se regulaba tanto el copago farmacéutico como la atención a los inmigrantes.
Ese decreto fue recurrido por el Ejecutivo de Mariano Rajoy y, en julio, el TC decidió suspenderlo de manera cautelar antes de decidir sobre el fondo del recurso.
El Pleno del Constitucional ha atendido a los argumentos de Lakua, cuyos letrados argumentaban que la no atención al colectivo de inmigrantes repercutiría en su salud individual y también en la «prevención de la propagación de determinadas enfermedades infecto-contagiosas, afectando directamente a la salud de toda la sociedad».
La Abogacía del Estado, por su parte, basaba su argumentación en supuestos perjuicios económicos y en la necesidad de control del déficit público. El alto tribunal ha señalado que la Abogacía no concreta cuáles son esos perjuicios económicos, «seguramente porque ello no sea posible, entre otras razones, al poder darse la eventualidad de que se produzca sencillamente una transferencia de gasto de la atención primaria a la atención de urgencias».
Tras conocerse el auto, Sos Racismo manifestó que «si bien esta suspensión no supone en ningún caso una sentencia favorable al reconocimiento de este derecho por parte del colectivo inmigrante irregular, al menos clarifica la situación de absoluta provisionalidad en la se encontraba».
Asimismo, solicita al recién formado Gobierno de Iñigo Urkullu un pronunciamiento en el que clarifique si mantendrá o no la vigencia del citado decreto. «Seguimos valorando de manera negativa el plazo provisional de un año hasta el reconocimiento definitivo de la sanidad que contempla el decreto que ahora entrará en vigor», añadió.
Sos Racismo recordó que en el Estado español se sigue impidiendo en muchas comunidades autónomas el acceso a este derecho fundamental.
Sin argumentos suficientes
Por otro lado, el TC ha ratificado la suspensión de los artículos que amplía los grupos exentos del doble pago farmacéutico, entre los que se encuentran los pensionistas, los perceptores de la Renta de Garantía de Ingresos o las personas desempleadas que hayan perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo, entre otros. En adelante, estas personas deberán seguir haciendo frente al repago de medicamentos.
El auto determina que Lakua no aporta argumentos suficientes que permitan inferir que no aplicar la resolución impugnada vaya a provocar una reducción de la calidad y eficacia de la prestación farmacéutica.
El alto tribunal afirma que la Abogacía del Estado aportó datos económicos sobre la evolución del gasto farmacéutico en la CAV que ponen de manifiesto la existencia de un incremento del gasto durante el tiempo que estuvo vigente el decreto impugnado.