La CE cree que la sentencia sobre Islandia no cambia nada para los ahorradores
La Comisión Europea (CE) considera que la sentencia del Tribunal de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) que respalda la decisión de Islandia de no cubrir las pérdidas de ahorradores extranjeros tras la quiebra de su sistema bancario no cambia nada en la Unión Europea.
GARA | BRUSELAS
«La decisión que concierne a la sentencia del tribunal de la AELC no cambia en nada la situación de la Unión Europea (UE)», afirmó el portavoz comunitario Antoine Colombani en rueda de prensa.
La Comisión Europea apoya el argumento presentado por la Autoridad de Supervisión de la AELC de que Islandia ha violado las obligaciones que establece la directiva europea sobre sistemas de garantías de depósitos. La CE y el órgano supervisor de AELC consideran que Islandia no ha garantizado el pago del monto mínimo de indemnización -20.000 euros en ese momento- a los clientes holandeses y británicos que tenían depósitos en Icesave, filial en línea del banco Landsbanki, nacionalizado tras la crisis de 2008. Sin embargo, la sentencia rechaza estos argumentos y da la razón a Islandia.
«La CE toma nota de la sentencia del tribunal de la AELC. Después de haber estudiado la sentencia, la interpretación de la CE es que el sistema de las garantías de depósitos actuales en la UE se mantiene sin cambios», reiteró Colombani.
Casos de problemas bancarios
«Nuestra opinión es que la aproximación que hemos seguido es la buena y que, por tanto, las garantías de depósitos en los Veintisiete se aplican en los casos de -que haya- problemas bancarios, incluidas las crisis sistémicas», recalcó, en línea con lo que dijo el lunes el portavoz comunitario de Mercado Interior, Stefaan De Rynck.
El tribunal de la AELC consideró en su dictamen que la directiva europea no contemplaba la obligación de garantizar el pago de ahorradores de las filiales de Landsbanki en Holanda y Gran Bretaña «en una crisis sistémica de la magnitud de la experimentada por Islandia».
La CE y el supervisor de AELC alegan que el fondo de garantía de depósitos e inversiones de Islandia debería haber sido obligado a pagar el importe mínimo de protección establecido por ahorrador.