Donostia anula los castigos franquistas a trabajadores municipales entre 1936 y 1940
GARA | DONOSTIA
El Ayuntamiento de Donostia ha aprobado anular los expedientes a los funcionarios municipales expedientados por el franquismo entre 1936 y 1940 con el objetivo de «honrar y recuperar para siempre a todos los que directamente padecieron las injusticias y agravios producidos por unos u otro motivos políticos e ideológicos en este periodo», explicó ayer el alcalde, Juan Karlos Izagirre.
Recordó que el 5 de abril el Ayuntamiento homenajeó a los trabajadores municipales represaliados entre 1936 y 1949 y que en ese acto ya se presentó un libro sobre estos trabajadores elaborado por la Sociedad de Ciencias Aranzadi.
Este libro tiene como objeto investigar y difundir la verdad en relación a la situación padecida por un elevado número de empleados municipales en estos años, «en aras a su incorporación en la memoria colectiva». El trabajo de Aranzadi concluye que entre 1936 y 1940 el número de expedientes de abandono y depuración consultados en el Archivo Municipal asciende a 1.623.
Los primeros hacen referencia al personal del Ayuntamiento que abandonó su puesto a la entrada de las tropas franquistas en Donostia el 13 de setiembre de 1936 huyendo hacia Bizkaia, mientras que los expedientes de depuración recogen el historial del personal del Consistorio que aun no habiendo abandonado su puesto era considerado «sospechoso» o «no suficientenente afín» al régimen fascista.
Asimismo, el estudio revela que 765 trabajadores municipales fueron cesados definitivamente en sus puestos, siendo rescindido unilateralmente su contrato con el Ayuntamiento, en la mayoría de los casos por su oposición al régimen franquista o su adhesión a la República. El resto, 858, recuperaron su puesto, recibieron jubilación forzada, suspensión temporal o salidas similares.
La mayoría de los expedientes de depuración se incoaron en 1938, haciéndose más intenso el proceso de castigo a partir de la aprobación del Decreto Unificador de 1937 por parte de las autoridades franquistas, creando el partido único fascista.
Ley de Memoria Histórica
En este sentido, el alcalde de Donostia recordó que el artículo 3 de la Ley de Memoria Histórica declara la ilegitimidad de los tribunales, jurados u órganos de cualquier naturaleza administrativa creados con vulneración de las más elementales garantías del derecho a un proceso justo, así como la ilegitimidad de las sanciones y condenas de carácter personal impuestas por motivos políticos, ideológicos o de creencias religiosas. Por tanto, todos los castigos emanados de tribunales fascistas no tienen vigencia actualmente.
Izagirre subrayó que el Ayuntamiento de Donostia «tiene un compromiso moral con todos aquellos trabajadores municipales que fueron injustamente sancionados o padecieron persecución por razones políticas e ideológicas y a les debemos un reconocimiento por su defensa de la libertad».