El TSJPV obliga al Consistorio de Loiu a medir el ruido producido por el aeropuerto
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha obligado al Ayuntamiento de Loiu a medir el ruido que genera el cercano aeropuerto, en un plazo de tres meses.
GARA |
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV obliga al Ayuntamiento de Loiu a medir el ruido que genera el aeropuerto, en un plazo de tres meses, en la propia Casa Consistorial, en el ambulatorio y en el domicilio de la portavoz del colectivo ecologista Lur Maitea, Consuelo Elosua.
La sentencia estima el recurso de apelación interpuesto por el organismo ecologista contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Bilbo, que consideró «suficiente» la información facilitada por el Consistorio, que, a su vez, había obtenido de AENA sobre las «huellas de ruido» del aeropuerto de Loiu.
Sin embargo, el TSJPV, tras el recurso de apelación de Lur Maitea a esta decisión del Contencioso Administrativo, estima ahora que no es suficiente con los datos de AENA, por lo que el Ayuntamiento de Loiu debe realizar las mediciones durante 24 horas seguidas en esos tres puntos concretos y en un plazo inferior a tres meses.
Además, el Consistorio deberá solicitar que Elosua «preste voluntariamente su conformidad» para que realicen la medición en su domicilio.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco interpreta, dentro de los fundamentos jurídicos de su resolución, que el Consistorio loiuarra «no es competente para controlar la actividad aeroportuaria, pero tampoco puede considerarse indiferente a los intereses municipales y del conjunto de los vecinos el nivel de ruido generado por el aeropuerto».