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Un fallo justifica acciones sindicales en defensa del empleo en deslocalizaciones

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado a favor de acciones sindicales, que considera justificadas frente a la libertad de las empresas de instalarse en cualquier país de la Unión, siempre que tengan como objetivo la protección de los trabajadores.

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado, a través de una sentencia, en favor de que la protección de los trabajadores puede justificar las acciones sindicales contra la libertad de las empresas de instalarse en cualquier país de la Unión.

Según los jueces europeos, únicamente se podrán admitir esas medidas cuando tengan como objetivo proteger el empleo, se compruebe que son «adecuadas» para su realización y no vayan más allá de lo necesario, ya que de lo contrario violarían la legislación europea.

El fallo del tribunal responde a cuestiones planteadas por un tribunal de Finlandia sobre el caso de la naviera finlandesa Viking Line, que decidió en 2003 abanderar el buque «Rosella», que operaba bajo pabellón finlandés haciendo el trayecto Helsinki-Tallin, y registrarlo en Estonia para poder competir con otras compañías. El objetivo era contratar una tripulación estonia y pagarle los sueldos de ese país, mucho más bajos que los salarios finlandeses.

La medida provocó la intervención de la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte, que dirigió una circular a todos sus afiliados pidiéndoles, bajo la amenaza de sanciones, que no entablaran negociaciones con Viking Line, lo que impidió que los sindicatos estonios llegaran a un acuerdo con esa empresa.

Paralelamente, el Sindicato Finlandés de Marinos (FSU) puso condiciones a la renovación del acuerdo sobre la tripulación del Viking Line. Además, anunció su intención de llevar a cabo una huelga exigiendo el aumento del número de miembros de la tripulación del Rosella y la celebración de un convenio colectivo que estableciera que, en caso de cambio de pabellón, Viking Line seguiría respetando el derecho laboral finlandés y no despediría a la tripulación.

El Tribunal de Justicia de la UE opina que «una medida de conflicto colectivo como la proyectada por el sindicato finlandés tiene como consecuencia hacer menos interesante, o incluso inútil, el ejercicio por Viking Line de su derecho al libre establecimiento». Precisa que esas restricciones pueden admitirse sólo si persiguen un objetivo legítimo como la protección de los trabajadores.

La Confederación europea de Sindicatos (CES) expresó su satisfacción por el fallo, que conssidera justificadas las acciones sindicales contra la libertad de las empresas de instalarse en cualquier país de la UE en defensa de los trabajadores.

SATISFACCIóN

Los sindicatos han acogido con satisfacción el fallo judicial que considera justificadas las acciones sindicales para proteger a los trabajadores frente a la libertad de las empresas de instalarse en cualquier país.

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