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Vivienda

Las VPO podrán ser expropiadas en la CAV si están deshabitadas tres meses

El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) del mes de marzo fija que las viviendas de orotección oficial (VPO) podrán ser expropiadas si se comprueba que no son utilizadas como domicilio habitual a lo largo de un periodo mínimo de tres meses. El texto recoge que las viviendas subvencionadas deberán ser destinadas a «domicilio habitual y permanente», para satisfacer «de manera directa las necesidades de vivienda de sus ocupantes». La anterior normativa estimaba en un año el plazo que un piso podía estar inutilizado sin causa justificada.

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