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Atutxa, Knörr y Bilbao recurrirán al TC una condena que ha dividido al Supremo

Juan María Atutxa, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao recurrirán en amparo ante el Tribunal Constitucional y solicitarán la paralización de la ejecución de la condena del Supremo por un delito de desobediencia al no disolver Sozialista Abertzaleak. Cinco de los doce magistrados de la Sala consideran que la sentencia «infringe la igualdad de trato ante la ley».

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El ex presidente del Parlamento de Gasteiz, Juan María Atutxa (PNV), el ex vicepresidente primero, Gorka Knörr (EA), y la secretaria segunda de la Mesa, Kontxi Bilbao (EB), recurrirán en amparo ante el Tribunal Constitucional la condena de inhabilitación y multa que les ha impuesto el Supremo por un delito de desobediencia por no disolver a Sozialista Abertzaleak, tal como ordenó este tribunal. Tampoco descartan llegar al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.

Además, solicitarán la paralización de la ejecución de sentencia -un año y medio de inhabilitación y multa de 18.000 euros para Atutxa y un año de inhabilitación y multa de 12.000 para el resto- con el fin de que sus derechos no se vean lesionados mientras dura el trámite en el Constitucional. En la actualidad, Kontxi Bilbao es la única que sigue en la actividad parlamentaria, ocupando un puesto en la Mesa de la Cámara. Pero, además, Bilbao es funcionaria, por lo que la inhabilitación por un año para empleo o cargo público podría tener consecuencias laborales.

Los recursos que interpongan las defensas de los condenados se apoyarán, además de en sus propios argumentos, en los expuestos en los tres votos particulares que cinco de los doce magistrados de la Sala han añadido a la sentencia, y en los que se denuncia que el fallo «infringe la igualdad de trato ante la ley». No parece baladí que en una sentencia de estas características, casi la mitad del tribunal discrepe de la misma, sobre todo cuando atañe a cuestiones de principio sobre la separación de poderes.

El TS se da la razón a sí mismo

En la sentencia dada a conocer ayer, casi tres meses después de que se publicitara el fallo, el Tribunal Supremo estima el recurso de Manos Limpias contra la decisión del TSJPV de absolver a los acusados. Llama la atención que a lo largo de este extenso y controvertido proceso, el tribunal de Bilbo absolviera por dos veces a los imputados y por dos veces también el Supremo le haya enmendado la plana en un caso en el que además de juez es parte directamente implicada.

La condena sostiene que los tres imputados «descartaron de forma consciente y deliberada» acatar la disolución del grupo Sozialista Abertzaleak y añade que «camuflaron su contumaz rechazo» «suscitando una aparente controversia jurídica».

Otra de las cuestiones especiales de este caso era la aplicabilidad de la llamada «doctrina Botín», en la que el propio Tribunal Supremo se negó a abrir juicio oral contra el presidente del Grupo Santander argumentando que la celebración de un juicio únicamente instado por la acusación popular contraviene la legalidad procesal.

No obstante, en esta ocasión el Supremo señala que «el fiscal no puede monopolizar el ejercicio de la acción pública» que nace de la comisión del delito de desobediencia que, a diferencia con los delitos fiscales imputados a Botín «carece, por definición, de un perjudicado concreto susceptible de ejercer la acusación particular».

Esta decisión puede tener su importancia también en la causa que se sigue en el TSJPV contra dirigentes de Batasuna y que afecta además al lehendakari y a líderes del PSE.

partido y grupo

La sentencia establece que ni la diferenciación constitucional entre partido político y grupo parlamentario ni la autonomía parlamentaria tienen nada que ver en que se desobedezcan las órdenes dictadas por los tribunales.

«doctrina botín»

El TS dicta que la llamada «doctrina Botín», por la que no se juzgó al presidente del Banco Santander al haber sólo acusación popular, no es aplicable en los casos en los que no hay un perjudicado que pueda ejercer la acusación particular.

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