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La Defensoría para la Igualdad detecta una discriminación por sexo en el IRPF

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La Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres ha detectado una discriminación indirecta por razón de sexo en la normativa del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por lo que ha propuesto una modificación de su contenido a las Juntas Generales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.

Según indicó el organismo público, la Defensoría ha realizado un estudio a raíz de una solicitud presentada por una mujer separada con un hijo a su cargo ante la imposibilidad de optar por la tributación conjunta al cumplir su hijo 18 años y poder así beneficiarse de la reducción que tal tributación conlleva. Esta imposibilidad se produce al mismo tiempo que el ex cónyuge puede seguir desgravando su aportación en concepto de pensión alimenticia hasta que el hijo cumpla 30 años.

El estudio evidencia que en la tributación de los miembros de un pareja separada se produce «un resultado económico más desventajoso para las mujeres, que son mayoritariamente quienes asumen la guarda y custodia». Según la Defensoría, una madre sola -representativa de la media- se ve obligada a pagar en este supuesto 921 euros más en concepto de IRPF cuando su hijo llega a la mayoría de edad.

La Defensoría señala que «el desfase de la edad de dependencia de la unidad familiar efectiva (31 años en la CAV) y la fiscal (18 años) produce distorsiones en la tributación de grupos de población que precisamente se consideran protegibles: las familias monoparentales».

Asimismo, indicó que «se pagan más impuestos sin que la renta haya aumentado» y, además, el mayor gasto fiscal «llega en un momento en que la renta disponible familiar se reduce».

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