La Diputación de Araba deberá pagar a la mujer atacada por un oso en Sobron
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ordenado a la Diputación de Araba que indemnice a una mujer que sufrió una amputación de una pierna por el ataque de un oso del parque de Sobron. El TSJPV afirma que las instalaciones incumplían la normativa vigente.GARA |
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ordenado a la Diputación de Araba que indemnice a la mujer a quien un oso arrancó una pierna dentro del recinto del Parque Educativo del Ebro, en la localidad de Sobron. Considera que debió haber cerrado esas instalaciones porque incumplían la normativa sobre animales peligrosos.
La sentencia, que es firme y sobre la que no cabe interponer recurso, atiende en parte a la petición de la víctima y su familia, que reclamaban a la institución foral, al Ayuntamiento de Lantaron y a los responsables de las instalaciones casi un millón de euros por «negligente actuación y dejadez» en el control de estos animales.
Según relatan en la demanda, la mujer se encontraba de vacaciones con su marido y dos hijos, el 11 de julio de 1999, cuando se resbaló al pasar cerca de una jaula en cuyo interior había dos osos. Uno de los plantígrados sacó la zarpa entre los barrotes, alcanzó una de las piernas de la mujer, tiró de ella has- ta introducirla en su habitáculo y allí le destrozó una pierna que debió ser amputada.
A las secuelas físicas y síquicas de la mujer se les suman los daños sicológicos que padecieron el marido y los dos hijos de la víctima al presenciar el accidente.
La sentencia desestima un acuerdo de la Diputación foral por el que se acordaba no atender la reclamación de la víctima, y, así, el tribunal obliga tanto a la institución alavesa como a la Fundación para el Fomento de la Educación Ambiental, que gestionaba el parque, a indemnizar solidariamente a los demandantes con la cantidad de 245.616 euros, a la que debe aplicarse el incremento del precio que ha habido a lo largo de estos últimos ocho años.
Lantaron, eximido
El fallo exime de la indemnización al Ayuntamiento de Lantaron, ya que desde su competencia había realizado varias ac- tuaciones encaminadas a que se cerrara el parque.
Por contra, la sentencia estima que la actuación de la Diputación fue «tardía e insuficiente» para impedir el accidente, y que permitió que continuara la actividad en el parque pese al «deficiente funcionamiento» y al escaso control existente.
Destaca, además, que pese a conocer esta situación, en 1996 la institución foral permitió la actividad zoológica, lo que derivó en el ataque a la mujer.
En cuanto a la Fundación para el Fomento de la Educación Ambiental, el TSJPV le imputa tener las instalaciones «en estado lamentable», así como «la falta de medidas de seguridad de los animales». Entre otros detalles, cita que las jaulas tenían huecos por los cuales los osos podían sacar las zarpas y llegar a alcanzar objetos situados a unos 40 centímetros de distancia. Así se constató en una diligencia judicial realizada dos años más tarde, en 2001.
Se da la circunstancia de que quien dirigía ese centro, José Ignacio Aresti, falleció años más tarde atacado por sus propios osos, y la Sala entiende que sus dos hijos no están obligados a indemnizar a la mujer dado que no aceptaron la herencia de su padre.
La turista, natural de Alicante, sufrió la amputación de una de sus piernas después de resbalar ante la jaula; un oso sacó una zarpa, la enganchó y logró tirar de ella hasta introducirla en la jaula.
José Ignacio Aresti, director del parque, falleció, años después, atacado también por sus osos. Ocurrió en abril de 2001. Se trataba de dos plantígrados de dos metros y más de 300 kilos de peso.