Una sentencia permite a un agresor acercarse a su ex pareja para recoger a la hija de ambos
GARA | Bilbo
La asociación Clara Campoamor compareció ayer ante los medios para mostrar su indignación ante una sentencia dictada recientemente por la Audiencia Provincial de Bizkaia que ampara a un hombre que agredió a su ex pareja a acercarse a ella cuando acudía a entregar a la hija de ambos.
La sentencia fija la imposibilidad de acercarse a la mujer, natural de Basauri, a menos de 200 metros, pero permite que entre en su casa para recoger y entregar a la hija. En opinión de Blanca Estrella, presidenta de la asociación, esta medida no ofrece «ninguna garantía» de protección a la mujer.
La Audiencia Provincial confirma íntegramente la pena impuesta con anterioridad por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbo, que condenó a este hombre a tres meses de prisión por un delito de «amenazas en el ámbito familiar» y de una falta de injurias.
El Juzgado de lo Penal consideró además probado que el imputado amenazó de muerte el 1 de abril de 2007 a su ex pareja durante una discusión que ambos mantuvieron por teléfono sobre la forma en que la niña sería en- tregada a la madre tras haber pasado el fin de semana con el padre.
La presidenta de la Asociación Clara Campoamor criticó que los jueces no hayan previsto en la sentencia la obligación de que el agresor se desplace hasta el domicilio de la mujer acompañado por la Policía.
En la rueda de prensa, Estrella censuró que los jueces apliquen la Ley de Violencia de Género «en lo más suave» y no retiren el régimen de visitas a los padres que han sido condenados por maltrato, cuya capacidad para educar a un niño, según la asociación en favor de las mujeres, «está en entredicho».