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Las costas del proceso en el TSJPV que no debió existir las pagará la ciudadanía

Las costas del juicio contra el diálogo político se han declarado de oficio, puesto que la actuación de los querellantes se vio refrendada por el juez instructor y la Sala, según se recoge en el auto hecho público ayer por el tribunal dictando el libre sobreseimiento de los acusados.

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Iñaki IRIONDO |

La «acusación ilegítima» de Dignidad y Justicia y Foro Ermua y las decisiones del juez instructor y la sala de seguir adelante -a pesar de los recursos de las defensas y de la Fiscalía- con un proceso que nunca debía haber comenzado tienen también un coste económico al que se hará frente con el presupuesto público.

El auto en el que la Sala de lo Civil y Penal del TSJPV dicta el libre sobreseimiento de las actuaciones seguidas contra Otegi, Etxeberria, Petrikorena, Dañobeitia, Barrena, Ibarretxe, López y Ares, declara las costas «de oficio». La ley establece que no se puede hacer pagar las costas a los procesados cuando éstos son declarados absueltos. La imposición al querellante se limita a los casos de «temeridad o mala fe», y el tribunal señala que no se cumple este requisito porque «tanto en la fase de instrucción como en la apertura de juicio oral» el proceder de Dignidad y Justicia y Foro Ermua «ha contado con el visto bueno del juez instructor y, en su caso, de la Sala, en cuanto ha ratificado sus decisiones».

Las costas incluyen en este caso los honorarios de los abogados y los peritos, las indemnizaciones correspondientes a los testigos que las hubiesen reclamado, si fueren de abono, (algunos ya se habían desplazado a Bilbo desde diversos lugares del mundo cuando se suspendió el juicio) y los demás gastos que se hubiesen ocasionado en la instrucción de la causa.

Además, se conoce que el Departamento de Justicia gastó unos 50.000 euros en el acondicionamiento de una sala junto a la de vistas para que las decenas de periodistas acreditados pudieran seguir las sesiones.

Voto concurrente

En cuanto a las argumentaciones para la suspensión del juicio, el auto no ofrece sorpresas. Dos de los magistrados -Juan Carlos Benito-Butrón y José Antonio Subinas- consideran que no es posible llevarlo a cabo a instancias únicamente de la acusación popular, mientras que Manuel Díaz de Rábago firma un voto particular en el que defiende que el libre sobreseimiento de la causa sólo puede darse «cuando no hay acusación, lo que no es el caso de autos». El presidente del tribunal dice no apuntarse ni a la doctrina del «Caso Botín», ni a la del «Caso Atutxa», por ser contradictorias, sino a la «doctrina tradicional».

Además, el magistrado Juan Carlos Benito-Butrón firma un voto concurrente en el que muestra su acuerdo con la decisión del libre sobreseimiento pero quiere dejar un par de apuntes sobre el proceso. Por un lado, considera necesario corregir las previsiones normativas que llevan a que una Sala Penal acabe componiéndose con jueces de otros órdenes jurisdiccionales. Lo explica con el símil de que «malamente podemos pedir a un cirujano de digestivo que conforme el equipo de intervención del cirujano cardiaco en un problema médico y estricto de corazón».

Se queja también de que el proceso, que reconoce singular y extraño, haya sido caricaturizado como «kafkiano, esperpéntico o circense» por políticos y «la recua de opinadores y tertulianos (que no son formadores de opinión, salvo excepciones)». Defiende Benito-Butrón que el caso se ha llevado adelante por el tribunal con un «impulso procedimental y técnico». De cualquier manera, se felicita del comportamiento de las partes durante el juicio preliminar que tuvo lugar el 8 de enero.

Animales de carga

El magistrado Juan Carlos Benito-Butrón llama recua -«conjunto de animales de carga, que sirve para trajinar», según el diccionario- a «opinadores y tertulianos» que hablaron de proceso «kafkiano, esperpéntico o circense».

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