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Belén Martínez analista social

¿Violencia doméstica?

 

La polémica no ha hecho más que empezar. Un Juzgado de Santander acaba de condenar a siete meses de cárcel a una mujer por insultar y agredir a su esposa, de la que se encontraba en proceso de separación, considerando que esos hechos constituyen un delito de violencia de género

La Ley Orgánica 1/2004 tiene por objeto «actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia». También dice que esa violencia «no es un problema que afecte al ámbito privado».

Tras lo sucedido en Adra, el Presidente de la Audiencia Provincial de Almería afirmó que la legislación actual sólo reconoce este delito en parejas de mujeres, no de hombres. Voces autorizadas proponen que la violencia que se manifiesta en parejas del mismo sexo sea considerada violencia doméstica. No estoy de acuerdo, ya que ésta no recoge aspectos relacionados con el heterosexismo inherente al patriarcado, y obvia que la repartición de los roles en parejas del mismo sexo está generizada y no es igualitaria, dado que la construcción de la identidad de lesbianas y gays no está exenta de tensiones sociales e identitarias ligadas a prácticas sociales y formas concretas de socialización.

Para nombrar esa violencia, prevenirla, sancionarla y erradicarla, tenemos que contar con el consenso de usos e ideas que reflejen la realidad presente, incluida la voz del movimiento LBTG.

 
 
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