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CRÓNICA I Salud laboral

Madrid entrega a las mutuas el control total de las bajas no laborales

Un documento del Ministerio Español de Trabajo e Inmigración al que ha tenido acceso GARA otorga a las mutuas el control sin límites sobre las bajas por enfermedad común de los trabajadores. Es una decisión polémica, porque no sólo supone privatizar una parte importante de la salud pública, sino dejar ese control en manos de organizaciones que dependen de los empresarios.

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Juanjo BASTERRA I

El Gobierno español da un nuevo paso atrás en las garantías de los trabajadores en materia de incapacidad temporal. Tras diferentes modificaciones legislativas de la Ley de la Seguridad Social, las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ya habían accedido al control de una parte importante de las bajas por enfermedad común de los trabajadores, pero todavía no ejercían un dominio total sobre las mismas, porque no podían intervenir en los 15 primeros días de la baja. Además, los trabajadores podían impedir que el empresario contratase con la mutua esa actividad, en teoría reservada a los facultativos de la Sanidad pública.

Este diario ha tenido acceso a una misiva del 26 de octubre del director general de Ordenación de la Seguridad Social, Miguel Angel Díaz Peña, dependiente del Ministerio español de Trabajo e Inmigración, en la que levanta esos límites existentes.

La carta se envía al presidente de la asociación española de mutuas (AMAT), Pedro Barato, por indicación expresa del Secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado. En la misma se reconoce que el artículo 4.1 del Real Decreto 575/1997 de 18 de abril por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal, «cabría inicialmente negar dicha competencia a las mutuas», pero tras una revisión jurídica y semántica por parte de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado español se modifica ese precepto. Porque, como indica la misiva enviada al presidente de AMAT, «la relación laboral implica una relación en la que el empresario tiene un ámbito de dirección y organización que implica que el mismo debe tener facultades de control -directamente o por la vía de encomienda- sobre la situación de las incapacidades temporales en las que caigan los trabajadores vinculados jurídicamente al mismo».

Control necesario

Por lo que el Ministerio español de Trabajo concluye, tras lo manifestado por la Abogacía General del Estado español, que «las entidades gestoras y las mutuas de accidentes de trabajo y enfer- medades profesionales de la Seguridad Social pueden y deben ejercer las potestades que establece el artículo 132 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo1/1994, de 20 de junio, y, en consecuencia, realizar las actuaciones de control que sean necesarias para la averiguación y comprobación de los supuestos que, con arreglo a dicho precepto legal, dan lugar a la pérdida o suspensión del derecho al subsidio y, sin que el ejercicio de esas potestades y actuaciones de control tenga limitación o restricción temporal alguna».

Esta realidad no ha trascendido de forma generalizada, pero supone que el Gobierno español da un paso firme hacia una privatización de la Sanidad pública y, por otro lado, es una merma hacia los derechos de los trabajadores, porque los agentes sociales y los propios trabajadores han denunciado en muchas ocasiones la picaresca que hasta la fecha han ejercido las mutuas, sin contar con el ejercicio total de esa competencia, al dar altas a trabajadores que todavía estaban lesionados e, incluso, contradiciendo al facultativo de la Sanidad pública.

Los datos de la asociación de mutuas reconocen que cuentan con 11,1 millones de trabajadores afiliados a la incapacidad temporal por contingencias comunes. Fuera del control de las mutuas sólo quedan 7,4 millones de trabajadores.

Desde 1999 a 2008, las mutuas han incrementado en un 102,7% el número de trabajadores que están cubiertos por enfermedad común por parte de las mutuas. De 5,5 millones de trabajadores, se ha pasado a 11,1 millones. Por el contrario, el sistema total sólo ha incrementado en un 40% desde 1999. Las mutuas han afiliado a 5,6 millones trabajadores más en ese plazo de diez años.

El informe sobre las bajas por enfermedad común precisa que las mutuas tuvieron un coste por afiliado en 2008 de 249,92 euros, un 86,36% mayor que en 2007, pero el coste medio para el conjunto del sistema ascendió a 357,30 euros, un 72,5% más que un año antes. La duración media de las bajas comunes en las mutuas fue de 31,95 días, mientras que las dependientes de la Seguridad Social fueron de 45,73 días.

Está claro que el Gobierno español está dejando más control a las mutuas sobre la salud de los trabajadores, tanto por su actividad profesional como por la enfermedad común. De hecho, en 1999 las mutuas pagaron un 26,98% de las prestaciones por la incapacidad temporal de contingencias comunes, diez años después controlan el 42,08%. De esta forma, las mutuas han pasado de mantener un gasto en prestaciones de 738,91 millones en 1999 a 2.783,98 millones durante 2008.

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