Nuevo paso hacia un archivo policial que incluya datos genéticos
La Audiencia de Iruñea respalda la toma forzosa del ADN de siete jóvenes de Lizarra que participaban en una batukada en las fiestas del pueblo contra la que cargó la Guardia Civil. Desde el movimiento pro amnistía de Lizarraldea denuncian un «nuevo paso represivo de la judicatura» que amenaza c0n extenderse.
Aritz INTXUSTA
Los tribunales navarros han obligado a siete jóvenes a entregar a la Guardia Civil sus datos genéticos a pesar de que no existen pruebas con las que cotejar su ADN. En una decisión sin precedentes, los jueces han desoído los alegatos de la defensa e incluso han amenazado a los imputados con acusarles de un delito de desobediencia grave si no se avienen a someterse a la prueba y entregan sus datos genéticos a la Policía.
Esta decisión ha puesto en alerta al movimiento pro amnistía, que sospecha de que la verdadera intención de la Guardia Civil consiste en hacerse con un archivo biológico de miembros de los movimientos independentistas (y de estos siete jóvenes en particular) para «incrementar el ya existente control y persecución policial que vienen sufriendo». Asimismo, alertan de que se corre el riesgo de que la Policía utilice esos datos genéticos para «seguir inventando nuevas imputaciones».
Por su parte, los siete denunciaron el abuso que supone esa exigencia y afirman que, en esta situación, la única vía que les queda es salir a la calle y preguntar «qué es lo que verdaderamente quieren hacer con nosotros» y por qué ese empeño en perseguirles.
La toma de muestras de ADN, al conllevar una vulneración tanto del derecho a la integridad física como al de la propia intimidad, es una práctica muy regulada que hasta ahora sólo se aplicaba en casos muy concretos y para la cual deben darse una serie de garantías.
La ley exige que este tipo de análisis «se ordenen únicamente en los casos que se consideren absolutamente indispendables» para determinar los responsables de un delito de gravedad. En el caso de los siete jóvenes se incumple este primer requisito. De hecho, la petición del ADN puede considerarse incluso «absurda» puesto que no hay indicios genéticos ni pruebas con las que cotejar los perfiles de los siete jóvenes.
En concreto, se les acusa de un presunto delito de atentado contra la autoridad. Los siete fueron identificados tras una carga policial contra una batukada durante las fiestas del pueblo en la que ocho guardias civiles acabaron lesionados. El cuerpo militar argumenta que, como el enfrentamiento con la Policía fue físico, «los restos de ADN de las partes implicadas en los objetos intervenidos es más que probable». Sin embargo, de esta argumentación lo que se desprende es que todavía no se han hallado restos de ADN y, probablemente, dado al tiempo transcurrido, resultará muy difícil o imposible la obtención de muestras válidas.
Asimismo, la normativa determina que sólo un juez puede autorizar una técnica de investigación tan invasiva como esa y le exige, además, que la toma de muestras se adecúe a los principios de proporcionalidad y razonabilidad. Es decir, la toma de ADN se reserva a delitos graves como homicidios, «terrorismo», agresiones sexuales, etc., y sólo a personas de las que se poseen indicios de haber reiterado estas actuaciones (no en personas sin antecedentes penales, como es el caso de los siete enjuiciados).
Consecuencias de las pruebas
La extracción del ADN constituye una práctica denominada intervención corporal que atenta contra la integridad física de la persona. Más aún cuando se aplica de forma forzosa y sin el consentimiento del afectado. Sin embargo, la consecuencia más grave deriva del uso que se pueda hacer de esa información privada dentro de un archivo policial. En un primer término, la presencia de esos datos convierten al sujeto de facto en sospechoso de todos los hechos que se investigan, aunque la persona haya demostrado ser inocente del delito para el que entregó su información genética. En segundo lugar, las muestras de ADN contienen información genética y su investigación y análisis supone una vulneración del derecho a la intimidad.
La batalla emprendida contra el derecho de los ciudadanos a no prestar sus datos genéticos a la justicia y a la Policía comenzó a discutirse en serio en Euskal Herria con el caso del joven iruindarra Hodei Ijurko, que fue condenado a 10 años de cárcel acusado de atacar a una patrulla de la Policía Foral (primero fue condenado a 16 años, pero una posterior sentencia redujo la pena en seis años). Hodei Ijurko decidió desobedecer la orden de someterse a las pruebas de ADN, lo que le conllevó una petición de dos años de cárcel. En el caso del joven iruindarra, sus abogados esgrimieron su derecho a la legítima defensa y expusieron que un acusado nunca está obligado a contribuir con su propia acusación. Sin embargo, el fiscal replicó que Ijurko «no puede alegar legítima defensa para negarse a las pruebas, porque éstas forman parte de una investigación judicial». Finalmente, fue condenado a 12 meses de prisión por su negativa.