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Análisis | Tras la sentencia absolutoria

«Egunkaria» y Udalbiltza, dos casos cocinados con los mismos ingredientes

 La sentencia de «Egunkaria» alerta de ideas preconcebidas, no toma como prueba documentos de ETA, y valora la limpieza de las aportaciones económicas y de las actividades realizadas efectivamente. Todo ello exculpa también a Udalbiltza

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Ramón SOLA

En la página web de Udalbiltza se puede leer hace mucho tiempo un breve informe que destaca los sinsentidos de la acusación fiscal. Se trata de cuestiones que ahora cobran plena actualidad, puesto que la Audiencia Nacional las ha admitido, casi punto por punto, en el fallo absolutorio para «Egunkaria». GARA ha recogido varios paralelismos entre ambos procesos, gemelos en muchas cosas, ¿también en el final?

Tras la contundente absolución dictada por la Audiencia Nacional en el «caso Egunkaria», los imputados por Udalbiltza, los siguientes en pasar por el banquillo, no ocultan sus expectativas. El pasado sábado subrayaban que ven más razones que nunca para reivindicar el archivo.

Ambos procesos no son idénticos. En uno se juzga a un medio de comunicación y en otro a una institución. Los acusados de ``Egunkaria'' refirieron gravísimas torturas (a las que da credibilidad la sentencia). Y este caso llegó a juicio con la Fiscalía pidiendo la absolución, mientras que en el de Udalbiltza plantea una condena. Pero por encima de est0s detalles, tanto las acusaciones como los indicios empleados y las actividades juzgadas sí son análogas. Y, por tanto, tienen un nueva lectura tras la sentencia de hace dos semanas. Ahí van algunos paralelismos:

Dos procesos de «inferencias». Las acusaciones del «caso Udalbiltza», como las de «Egunkaria», establecen una relación de subordinación con ETA que no aparece justificada con pruebas. En el caso de la institución nacional vasca, se produce incluso un salto en el vacío para situar esa ligazón sólo a partir de un momento concreto: la asamblea del 24 de febrero de 2001, en que nace lo que la Fiscalía denomina «Udalbiltza Kursaal». El fiscal indica que desde entonces «actúa bajo la única dirección de ETA-Ekin».

El fallo del «caso Egunkaria» es claro respecto a este tipo de «inferencias». Estipula que «es preciso partir de los indicios para llegar a la convicción sobre el acaecimiento del hecho punible y la participación en el mismo de los acusados». Y censura la utilización de «un punto de partida preconcebido -la vinculación con ETA-» que lleva luego a «buscar las señales, vestigios o indicios y, por último, a rechazar cualquier sentido o explicación de éstos que no apoye la conclusión».

Los documentos de ETA. En la causa contra Udalbiltza vuelven a usarse como supuesta prueba o indicio documentos atribuidos por las FSE a ETA o a Ekin, en los que aparecen reflexiones sobre el desarrollo de la institución. La defensa recalca que lo único que acreditarían esos papeles sería «la valoración que distintas organizaciones realizan de la actividad pública y notiria de Udalbiltza». Nada más.

La sentencia de «Egunkaria» avala este criterio. Admite que efectivamente se hallaron documentos de ETA en los que se cita al diario y a sus acusados, pero «en su mayoría son escritos en los que se informa a ETA de la evolución y dificultades del proyecto (...) y de quiénes son o pueden ser sus directores». Tras examinarlos, el tribunal liderado por Javier Gómez Bermúdez recalca que se trataba sólo de «transmisión de información» y que, en consecuencia, en todo caso probaría lo contrario, es decir, que ETA no controlaba «Euskaldunon Egunkaria».

El ejemplo de Lizarazu. Un episodio tan análogo que se repite en los dos sumarios es el de la inclusión en un ``Zutabe'' del año 2001 de una carta dirigida por ETA al futbolista Bixente Lizarazu, al que se reclamaría una «ayuda» para varias «posibilidades: ETA, Udalbiltza, ikastolas, medios de comunicación vascos...» Las acusaciones de ambos macrosumarios lo intentan utilizar como prueba de cargo contra el diario y la institución, pero la sentencia de la Audiencia Nacional sobre «Egunkaria» no la acepta como tal. Más aún, dice que «nada acredita» el hecho de que estas publicaciones periódicas de ETA estuvieran en manos de los periodistas del diario clausurado.

Las aportaciones económicas. Paralela a ésta última es la cuestión de los dineros de ``Egunkaria'' y Udalbiltza. En el momento inicial de la actuación contra el diario, el instructor Juan del Olmo llegó a insinuar que todos los accionistas eran simpatizantes de ETA; sin embargo, la sentencia pone racionalidad recalcando que «no se ha acreditado que parte alguna del capital social u otros recursos fueran de procedencia ilícita» y que «tampoco consta envío o desvío de fondos o activos de clase alguna desde la sociedad editora o el diario a ETA».

Otro tanto ocurre con Udalbiltza, en el que, además, las aportaciones a la institución provienen de entidades municipales sujetas a todo control y llegan incluso de entes que no tenían mayoría de la izquierda abertzale. Además, los propios presupuestos de Udalbiltza fueron publicados en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

La legalidad de las actividades. El fallo de ``Egunkaria'' es novedoso también al remarcar que, por encima de ideas preconcebidas y juicios de intenciones, en su actividad periodística no hubo delito alguno: «En sus contenidos no se amenazaba ni coaccionaba, ni se provocaba al delito, ni se hacía apología o enaltecimiento de los actos terroristas o de sus autores, ni se calumniaba ni se injuriaba».

Tampoco a Udalbiltza se le imputa ninguna actividad ilícita, salvo que así se tipifiquen estas iniciativas: declaración de nacionalidad de Euskal Herria, etiquetado «Euskal Herrian egina», promoción de la igualdad entre géneros, relaciones con la diáspora, plan Zuberoa Garatzen, guía de turismo de Euskal Herria, mapa cartográfico de Euskal Heria, foro por la oficialidad del euskara, conferencia internacional de electos de naciones sin Estado...

Dignidad y Justicia. La acusación contra Udalbiltza la ejercen sólo la Fiscalía y el colectivo Dignidad y Justicia. El escrito fiscal es de setiembre del año 2007 (el juicio se ha ido aplazando hasta hoy), aunque ciertamente para entonces el Ministerio Público ya había cambiado de criterio en el caso de ``Egunkaria'' (lo hizo en diciembre de 2006). Por lo que respecta a Dignidad y Justicia, la sentencia de la pasada semana descalifica claramente su actuación. Pero el grupo ha reaccionado insistiendo en que ``Egunkaria'' es ETA, lo mismo que dice de Udalbiltza.

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