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La comisión de investigación del «caso Glass» aprueba por consenso sus conclusiones

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La Comisión de Investigación de las Juntas Generales de Gipuzkoa sobre el «Caso Glass», referido a los presuntos beneficios fiscales para empresas guipuzcoanas a los que se acogieron firmas que no tenían sede física en el herrialde, aprobó ayer, por unanimidad, su informe de conclusiones. El documento corresponde a los apartados relativos al establecimiento de las Responsabilidades Políticas y Recomendaciones, que se suman a los correspondientes a Antecedentes, Introducción y Hechos, a los que se dio luz verde con anterioridad, de manera que así queda aprobado el informe en su totalidad.

El presidente del órgano de investigación de las JJGG, Julio Astudillo, se mostró «satisfecho» con el desarrollo y resultado final de los trabajos de la Comisión y agradeció a todos sus miembros la labor desempeñada durante estos meses y «el espíritu de consenso que ha presidido los trabajos».

En el informe, difundido por Europa Press, se censura la gestión de Victor Bravo como director general de Hacienda entre 1991-2003, al que la Fiscalía acusa de conceder a la empresa catalana Glass Costa Este Salou, de la que era socio, beneficios fiscales reservados sólo a empresas del herrialde.

Además, se considera que «no es razonable desde el punto de vista de la correcta gestión de los servicios públicos» que el entonces diputado de Hacienda, Antton Market, elevara al Consejo de Diputados una propuesta de decreto de estructura orgánica y funcional del departamento de Hacienda, que finalmente fue aprobado como Decreto foral 36/2000, que concede a la dirección de Hacienda la función de «ejercitar, a través del personal funcionario designado al efecto, funciones recaudatorias, gestoras e inspectoras en expedientes que concurran circunstancias especiales».

Responsabilidad política

A juicio de la comisión, «un cargo político no debe ejercer funciones inspectoras, ni siquiera de actuario, ni siquiera con la conformidad del diputado foral». Por ello, en su informe concluye que haber introducido esta «injustificada potestad en la normativa organizativa», que confería, además, «excesiva discrecionalidad a la dirección general de Hacienda», constituye «una medida anómala» que debe determinar «la correspondiente declaración de responsabildiad política» a Market, más aún cuando éste «no controló el desarrollo de tal competencia».

Además, se establece que el Consejo de Diputados no debió introducir en el citado Decreto esa posibilidad de que la Dirección de Hacienda pudiera realizar funciones recaudatorias, gestoras e inspectoras.

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