El gobierno español presenta su reforma laboral
Madrid facilita anular salarios y condiciones firmados en convenios
El borrador del decreto de reforma laboral que presentó ayer el Gobierno español abre la puerta a anular las condiciones salariales y laborales firmadas en los convenios colectivos en caso de que peligre la estabilidad económica de la empresa. Asimismo, incluye el abaratamiento del despido a cuenta del Fogasa, la extensión de los casos de despido improcedente y la creación de un fondo para pagar las indemnizaciones de los contratos fijos.
Pablo RUIZ DE ARETXABALETA | GASTEIZ
Como estaba previsto, el Gobierno español ha recogido en su propuesta de reforma laboral, que quiere aplicar por decreto el próximo viernes, la iniciativa de la CEOE para que las empresas con pérdidas durante seis meses puedan hacer despidos individuales o colectivos de manera procedente, con lo que sólo deberán pagar veinte días de indemnización por año trabajado.
El Ejecutivo remitió ayer a los agentes sociales el borrador del decreto y espera contar con apoyos para aprobarlo el día 22 en el Parlamento. En el abaratamiento del despido quedará por decidir la cuantía de las pérdidas con que se justifique. El Gobierno pretende que se atribuyan a las empresas y no a los centros de trabajo de forma separada. Asimismo, abarata el despido procedente para el empresario, ya que de los veinte días por año trabajado de indemnización, no tendrá que pagar una cantidad equivalente a ocho días de salario.
Ese dinero correrá a cuenta de fondos públicos, concretamente del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Fuentes del Ejecutivo señalaron que se trataría de un modelo transitorio hasta la adopción del «modelo austríaco».
Fondo para despidos
Precisamente, siguiendo ese modelo, el decreto también crea un fondo para financiar las indemnizaciones por despido para contratos fijos. Se trata de una cantidad equivalente a un número de días de salario por año de trabajo, que no se especifica. El trabajador podrá cobrarlo en caso de despido -descontándose de la indemnización que paga la empresa-, movilidad geográfica, o para actividades de formación. Si no lo hace efectivo, podrá cobrarlo en el momento de su jubilación.
No obstante, el decreto no detalla cómo se financiará y organizará dicho fondo, dejándolo para una posterior reglamentación. El fondo se aplicaría a los contratos fijos firmados a partir del 1 de enero de 2012.
Anulación del convenio
Las empresas podrán dejar de aplicar las condiciones salariales previstas en los convenios colectivos sectoriales «cuando su estabilidad económica pudiera verse dañada como consecuencia de tal aplicación y pusiera en peligro las posibilidades de mantenimiento del empleo».
De acuerdo con el borrador, en el caso de que un convenio sectorial no incluya la cláusula de descuelgue, ésta podría ponerse en marcha por acuerdo entre el empresario y los representantes de los trabajadores, previo desarrollo de un periodo de consultas de duración no superior a quince días. Si no hay acuerdo, el Gobierno establece la fórmula del arbitraje, que tendrá la misma eficacia que lo pactado en convenio colectivo.
Asimismo, la dirección de la empresa «cuando existan probadas razones económicas técnicas, organizativas o de producción» podrá modificar sustancialmente las condiciones de trabajo en cuanto a jornada, horario o turnos, con una fórmula de negociación y arbitraje similar a la del salario
Suspensión de contratos
Por otra parte, las empresas podrán reducir las jornadas laborales de sus trabajadores o suspender sus contratos «por causas económicas de fuerza mayor cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa». Según el texto, se entiende como reducción de jornada la disminución temporal de entre un 10% y un 70% de la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual. Limita a un año la suspensión de los contratos de trabajo y la reducción de jornada.
Las empresas que apliquen esas medidas podrán beneficiarse de bonificaciones de hasta el 80% en sus cuotas a la Seguridad Social si realizan acciones formativas para los trabajadores afectados. La bonificación actual es del 50%.
Más bonificaciones
El aumento de las bonificaciones a las empresas se extiende a varias modalidades de contratos y aumenta hasta 1.400 euros durante tres años si contratan de forma indefinida.
Así, las empresas que empleen a parados de entre 16 y 31 años con especiales problemas de empleabilidad tendrán una bonificación de 800 euros durante tres años, que será de 1.000 euros si son mujeres. Para los mayores de 45 años la bonificación será de 1.200 euros y de 1.400 para mujeres.
Para las empresas que transformen contratos formativos, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación en indefinidos, la bonificación en la cuota será de 500 euros durante tres años y si son mujeres la cuantía ascenderá a 700 euros. Para los contratos de formación, hasta el 31 de diciembre de 2011 la bonificación será del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social si suponen un incremento de la plantilla.
Contratos por obra
Por otra parte, el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, avanzó también que en el documento del Gobierno se incluye que los contratos por obra tengan un máximo de dos años ampliable a tres.
Recordó que en la última negociación con los sindicatos y la patronal, que acabó sin acuerdo, se barajó primero la posibilidad de que el máximo fuera de dos años y medio, y después se decidió discutir el límite de tres años, para satisfacer a la patronal. También se aumenta la indemnización de despido de ocho a doce días en los contratos temporales. Pero este incremento se pospone a 2011 y no será efectivo este año.
El ministro rechazó que flexibilidad sea lo mismo que precariedad, y aseguró que supone el paso necesario para «conseguir seguridad y mantener puestos de trabajo».
Según fuentes citadas por Efe, el Ejecutivo es optimista con la posibilidad de tener el apoyo del PP, así como de CiU y el PNV. Corbacho y el responsable de Economía del PP, Cristóbal Montoro, se entrevistarán el martes para intentar encontrar puntos de encuentro.
El jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, quiso tranquilizar a las patronales europeas con el contenido de la reforma laboral, y les garantizó que el Estado español está «haciendo los deberes», en un encuentro con el consejo de presidentes de BusinessEurope, que agrupa a más de cuarenta organizaciones empresariales europeas.
El 18 de julio Zapatero se reunirá con el director gerente del FMI, Dominique Strauss-Kahn, con la reforma laboral que este organismo le ha venido pidiendo insistentemente.
1984
Con el argumento de reducir el paro, impulsó la contratación temporal a través de los contratos de fomento del empleo, el eventual por circunstancias de la producción, prácticas, formación, a tiempo parcial y el de lanzamiento de nueva actividad.
1994
El paro siguió creciendo hasta el 24,2% de la población activa y la contratación temporal llegó al 31,36% del empleo total. Se suprimió el contrato de fomento del empleo y se impulsaron los contratos en prácticas. Se ampliaron las posibilidades del despido objetivo. Se legalizaron las ETT.
1997
La temporalidad seguía disparada (37,23%). Se creó el contrato de fomento de la contratación indefinida, que rebajaba la indemnización por despido improcedente a 33 días por año (45 en el indefinido ordinario). Se modificó el contrato de relevo. Hubo una huelga general contra esta reforma.
2001
La temporalidad ya está en el 35,69%. Se modificaron los contratos de formación, tiempo parcial, eventual por circunstancias de la producción e inserción. También se liberó a la patronal de los salarios durante la tramitación de despidos improcedentes. Motivó otra huelga general.
2006
La temporalidad, en el 34%. Se modificó el contrato indefinido y se bonificó la conversión de temporales en fijos. Se limitó la utilización sucesiva de contratos temporales.
LAB consideró inaceptable el abaratamiento del despido y alertó de la gravedad de neutralizar la negociación colectiva, con las medidas que recoge la propuesta de reforma laboral. Por otro lado, dijo que se quieren ampliar las causas del despido objetivo, con lo que el despido improcedente perdería peso frente a la indemnización de 20 días. «En definitiva, estamos hablando del abaratamiento del despido y que además las empresas no tengan que asumir todas las indemnizaciones», advirtió. También criticó que se dé «todo tipo de facilidades a las empresas para desvincularse de lo pactado en convenio tanto en salarios como en condiciones laborales».
GARA
La reducción salarial fijada por el Gobierno de Lakua para funcionarios de la Administración autonómica, personal laboral y empleados de empresas públicas se notará especialmente en la paga extraordinaria de Navidad en lugar de en las nóminas mensuales. Así se recoge en el proyecto de ley aprobado ayer en Consejo de Gobierno extraordinario, que tiene como fin reducir la masa salarial en un 5%. Este proyecto de ley, que da cumplimiento al decreto del Gobierno español para reducir el déficit público, podrá ser debatido y votado en el Parlamento de Gasteiz en pleno el 17 o el 24 de junio. El PP no ha descartado su apoyo.
La reducción salarial afecta a funcionarios, personal laboral y empleados de empresas públicas, aunque también se reducirán en la misma medida los importes anuales de gastos de personal de trabajadores de centros educativos concertados, según aclaró el Gobierno autonómico en una nota de prensa.
Si finalmente el proyecto de ley recibe luz verde de la Cámara vasca, los recortes se aplicarán en las nóminas del mes de julio, pero con carácter retroactivo a 1 de junio. Los afectados verán reducidos sus sueldos entre junio y diciembre entre un 0,56% para el nivel más bajo y el 2,86% para el más alto. El mayor esfuerzo de reducción de las retribuciones no se aplicará en las nóminas mensuales, sino en la paga extraordinaria de Navidad. En 2011 los salarios se congelarán.
GARA