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Xabier Isasi Balanzategi Presidente de Gaindegia

Municipalismo necesario

 

El municipio es la unidad administrativa más próxima al ciudadano, en cierta medida, la unidad primaria del estado y la unidad básica para la ordenación del territorio. En función de sus competencias, las ordenanzas municipales regulan el uso adecuado de los recursos: el territorio -rural, industrial y urbano-, los servicios asistenciales y sociales, los bienes históricos, lingüísticos y culturales.

Gaindegia (Observatorio para el desarrollo económico y social de Euskal Herria) desde su origen, hace ya cinco años, tomó como unidad de referencia para su trabajo de observación y análisis el municipio (comuna), unidad administrativa común de parecidas características en todos los territorios de Euskal Herria. La recopilación de datos e información que hemos realizado a lo largo de estos años nos ha permitido conocer mejor cuál es la estructura social y económica de nuestro país. Hemos constatado que dentro de la diversidad de los 685 municipios los principales problemas, infraestructuras y comunicaciones, energía y servicios sociales, son comunes a todos ellos. Sin embargo, las respuestas, las soluciones a los problemas del desarrollo económico y social dependen, en gran medida, del entramado político-administrativo al que están sometidos los municipios.

Por ejemplo, Urruña (Lapurdi), Irun (Gipuzkoa) y Bera (Nafarroa Garaia) tienen dificultades para compartir infraestructuras y servicios sociales y sanitarios. Treinta kilómetros separan el aeropuerto de Hondarribia del de Angelu-Biarritz, cada año, más de un millón doscientos mil viajeros (unos 300.000 en Hondarribia y 900.000 en Angelu-Biarritz) utilizan esas infraestructuras y no existe ninguna planificación común de ese pequeño territorio. Podríamos poner más ejemplos de las dificultades que tienen municipios muy próximos entre sí para resolver y gestionar problemas comunes, Ermua y Eibar, Laudio y Arrigorriaga...

Es normal que los municipios se agrupen para conseguir una gestión más razonable de los recursos que comparten y solucionar los problemas comunes. Es normal, es bueno y, en muchos casos, es necesario. El problema es que las entidades supramunicipales, diputaciones, gobiernos autónomos, regionales y estatales limitan la capacidad de los municipios. Evidentemente debe existir una interrelación entre todas las administraciones públicas, esa no es la discusión. Lo que no es razonable es que los estados impidan el desarrollo de las actividades municipales.

Los municipios vascos han sido, y son, agentes de transformación social y política; la Asamblea de Municipios de Lizarra (Estella 1931) el movimiento de alcaldes de Bergara (1976) o Udalbiltza (1999) plantearon nuevas alternativas participativas para la estructuración del país. El proceso contra Udalbiltza es, precisamente, un proceso contra el municipalismo vasco. No fue ETA, porque no existía en 1931, quien propuso e impulsó la Asamblea de Lizarra, tampoco fue ETA quien promovió el movimiento de alcaldes de 1976 y tampoco ha sido ETA la promotora de Udalbiltza. En el proceso contra Udalbiltza lo que está en tela de juicio es la capacidad de los municipios vascos para la cooperación y la articulación de instituciones supramunicipales propias. Ni más, ni menos.

Por todo ello, en la reunión anual ordinaria de Gaindegia, además de manifestar nuestra solidaridad con los encausados, algunos de ellos socios de Gaindegia, nos sumamos a la petición de absolución de todos ellos. Consideramos que los municipios son una unidad administrativa básica para cooperar en la superación la crisis y articular formas de gobierno más próximas y equilibradas. Defendemos la capacidad y las competencias de los municipios vascos para agruparse y procurar el desarrollo y articulación de Euskal Herria.

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