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Un jurado popular juzgará a un vecino de Iruñea por la muerte de un amigo

Un vecino de Iruñea será juzgado a partir de hoy en el Palacio de Justicia de Nafarroa acusado de matar a un amigo suyo, el 29 de diciembre de 2009, en el barrio de Etxabakoitz. Nuevamente, un jurado popular tendrá que establecer el veredicto de inocencia o culpabilidad.

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Otro juicio con jurado popular arrancará esta mañana en el Palacio de Justicia de Nafarroa , en este caso contra un hombre acusado de matar a un amigo en el barrio iruindarra de Etxabakoitz.

Este tipo de vistas orales se está repitiendo en los últimos años en Iruñea, lo que no es tan habitual en otros juzgados instalados en Euskal Herria. Además, en varias ocasiones, se ha dado el caso de la devolución del veredicto del jurado popular por parte del juez.

En 1999, el magistrado devolvió el veredicto del jurado en el juicio del «crimen de Recoletas», por lo que tuvo que repetirse tres años más tarde. También hubo devolución del acta del veredicto en el juicio por la muerte de Ángel Berrueta en el barrio Donibane de Iruñea, muerte causada por un policía español y su hijo. En aquella ocasión, aunque el juez también apreció «contradicciones» en las respuestas del jurado, no se repitió. En el juicio por la muerte de Nagore Laffage, el juez no devolvió el veredicto, que avaló la versión del autor de la muerte de la joven de Irun, José Diego Yllanes, y dictaminó que se trató de un «homicidio» y no de un «asesinato», tal como pedía la familia.

En el reciente juicio contra una mujer de Tafalla acusada de matar a su marido, el juez también devolvió el veredicto al jurado, aunque un día después se solventó el caso con la absolución de la procesada.

«Un golpe en la cabeza»

Los hechos por los que será juzgado Alberto G.D. ocurrieron el 29 de diciembre de 2009, cuando el acusado y la víctima, Francisco Javier Nieto, ambos vecinos de Etxabakoitz, se encontraron sobre las 19.00 en un bar del barrio. Como habitualmente solían hacer, durante varias horas estuvieron juntos bebiendo alcohol. Después, en otro de los bares de la zona se negaron a servirles bebidas alcohólicas debido al estado de embriaguez que presentaban, por lo que consumieron una botella de orujo que el acusado había traído de su domicilio.

Ambos decidieron volver a sus respectivos domicilios por un camino junto al río Elorz y, en un momento indeterminado, Alberto G.D. «propinó un fuerte golpe en la parte trasera de la cabeza» a su amigo con un objeto romo, que hizo que Nieto cayera al suelo de frente, según el relato de la acusación. El golpe le produjo fracturas craneales, causa de su fallecimiento.

El fiscal pide 5 años de cárcel y la acusación particular 10, mientras que la defensa reclama su absolución.

peticiones

La Fiscalía y la acusación particular consideran los hechos como un «delito de homicidio», por lo que solicitan 5 y 10 años de cárcel, respectivamente, para el procesado.

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