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La AN utiliza como prueba incriminatoria saludar con el puño en alto

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La Audiencia Nacional española ha condenado a seis años de prisión al vecino de Barañain Mikel Jiménez Martín por un delito de «tenencia de sus- tancias explosivas e inflamables, de índole terrorista». También, ordena remitir al Juzgado la declaración prestada en el juicio por la testigo Jaione Martínez de Lizarrondo, compañera sentimental de Jiménez, por un supuesto delito de falso testimonio.

Curiosamente, tal y como se recoge en la sentencia condenatoria, la Audiencia Nacional utiliza un gesto, un saludo con el puño en alto que hizo el acusado en la sala al público cuando iba a ser trasladarlo, como prueba incriminatoria. Según dice la sentencia, «la experiencia demuestra que es característico de individuos, si no integrados en ETA, sí que, al menos, se sitúan en su entorno o son afines a esta organización».

El movimiento pro amnistía opina que a Jiménez le han condenado «en base a argumentos más que peregrinos». En este sentido, denunciaron que «si levantar el puño se incorpora como prueba, evidencia que en los tribunales españoles todo vale para condenar a independentistas vascos».

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