Condenan a AHV, La Naval, Sidenor y CAF por cinco fallecidos por amianto
Juanjo BASTERRA |
El amianto sigue siendo protagonista en este arranque de 2011. El pasado año fallecieron 23 trabajadores en Hego Euskal Herria debido a enfermedades cancerígenas mortales ocasionadas por los años de trabajo en contacto con el amianto. Un año antes, en 2009, fueron 18 y en 2008, otros 12 fallecidos, según las estadísticas que elabora la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie) entre quienes acuden a recibir información sobre ese grave problema de salud que se ha producido y se sigue produciendo en las empresas, sobre el que no hay una voluntad clara de atajar. En un trienio casi se han duplicado los fallecidos por amianto y, como reconocen en Asviamie, estos datos sólo representan la punta del iceberg.
Durante los últimos días, se han conocido cinco sentencias condenatorias a empresas importantes en la actividad industrial vasca como AHV -ahora Ensidesa Capital-, dos sentencias contra CAF, una contra Sidenor y otra contra La Naval por no haber utilizado las medidas adecuadas de prevención ante el mineral cancerígeno del amianto, lo que provocó la muerte de los ex trabajadores Francisco Javier de Castro Esteban, José María Goitia Garin e Ignacio Iturrioz Aizpurua.
A la sucesora de AHV le imponen un recargo en las prestaciones del 30% y a La Naval, del 50%, mientras que las otras tres deberán indemnizar a los familiares de los trabajadores muertos con un montante global de 274.275 euros. Las demandas de los familiares de los trabajadores se suceden en los juzgados vascos para reclamar la consideración de enfermedades profesionales, con el fin de solicitar indemnizaciones por daños o recargos en las prestaciones económicas porque no garantizaron que los trabajadores estuvieran en condiciones de seguridad y salud adecuadas.
Los abogados de los afectados reconocen que se está produciendo un incremento en el número de afectados, pero creen que todavía no han salido a la luz todos los casos de contagiados por amianto. Hay que tener en cuenta que los plazos legales para reclamar la enfermedad profesional y la indemnización de daños y prejuicios se encuentran entre un año y cinco años desde el fallecimiento del trabajador.
Altos Hornos
Francisco Javier De Castro Esteban falleció el 11 de octubre de 2007 como consecuencia de un mesotelioma pleural, que se le detectó siete meses antes. El trabajador estaba en plantilla de Altos Hornos (AHV) -ahora Ensidesa Capital- desde 1957, aunque interrumpió el trabajo debido a que tuvo que exiliarse, aunque tras su vuelta volvió a la misma empresa en Ezkerraldea.
La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirmó que el trabajador comenzó «en la escuela de aprendices de AHV, situada en la zona de fundición donde se encontraban los hornos».
Después trabajó en el taller de mantenimiento donde «en los extremos había sendos habitáculos para guardar el amianto en polvo que llegaba en sacos, denominados comunmente sopa de amianto, y en esos habitáculos se comía el bocadillo y se realizaban los descansos por parte de Javier De Castro y sus compañeros». También recuerda la sentencia «debido a las elevadas temperaturas» que debían soportar los trabajadores, las operaciones que debía realizar el De Castro sobre los hornos eléctricos, como por ejemplo el cambio de electrodos, «se debía realizar utilizando trajes ignífugos de amianto que les protegían del calor que había en la zona de fundición».
La sentencia, que desestima el recurso de suplicación, reconoce que «ni se le impartieron cursos de prevención de productos con amianto ni consta que se llevaran mediciones de los niveles de fibras de amianto».
La Sala de lo Social del TSJPV mantiene el fallo del Juzgado de lo Social número 4 de Bilbo que impone a AHV-Ensidesa Capital un recargo del 30% por la falta de adopción de medidas de seguridad con incidencia en la enfermedad profesional desarrollada por Francisco Javier De Castro Esteban y, a la vez, revoca las decisiones de la Seguridad Social, que denegó «la responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad».
Sidenor
En cuanto a Sidenor, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco desestimó los recursos de las empresas que dieron origen a ese grupo y Cofivacasa, que asumió los prejubilados de las empresas que entraron en reconversión, y confirmó la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Gasteiz que impuso a ambas una sanción de 103.390,06 euros y los intereses por el fallecimiento del trabajador de Forjas Alavesas, Alejandro Pallés Modenes el 13 de marzo de 2008.
Trabajó desde 1969 y en octubre de 1992 se acogió al plan de prejubilación de esa empresa que dio origen al grupo Sidenor. En enero de 2008 fue diagnosticado de un mesotelioma pleural y tres meses después falleció. En los recursos, la siderúrgica Sidenor y Cofivacasa trataron de deslindar que eran sucesoras de Forjas Alavesas, aunque ese argumento no ha sido aceptado por los jueces.
También explicaron que no se manipulaba con amianto, pero la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma que «entre 1983 a 1992 Alejandro Pallés trabajó como colador en colada continua y estuvo expuesto a fibras de amianto dado que ese material era manipulado y cortado con sierra, cincel o martillo directamente por los trabajadores sin adopción de ningún tipo de medida de protección colectiva o individual».
Además, la sentencia confirma que los trabajadores «utilizaban batas de amianto para colar en la sección de acería, estando también las mangueras forradas de amianto».
El fallecido «realizó esos trabajos sin que se efectuaran mediciones de concentraciones ambientales de fibra de amianto, así como tampoco se les informó o formó sobre los peligros del amianto, ni se realizaron reconocimientos médicos al efecto».
En este caso, la sentencia afirma que «resulta concluyente que durante el año 2001 se procediera a la retirada de placas de fibrocemento en las antiguas instalaciones de Sidenor-Vitoria y que en 2002 esa misma empresa procediera, a través de un gestor autorizado, a la retirada de mantas conteniendo amianto situadas en el tren MH, en el Contiloop y en el almacén».
La Naval de Sestao también ha sido condenada a un recargo en las prestaciones de la Seguridad Social del 50% debido «a la existencia de responsabilidad por falta de medidas de seguridad e higiene en la enfermedad profesional que determinó el fallecimiento del trabajador Francisco Cruz Lanchazo».
En este caso, la sucesión de empresas en el astillero vizcaino desde Astilleros Españoles, Izar, Navantia o Construcciones Navales del Norte, pero el Juzgado de lo Social número 9 condena a Instalaciones y Montajes Industriales y a las diferentes propietarias de La Naval. En febrero de 2008 falleció.
La sentencia considera que Instalaciones y Montajes Industriales es responsable, pero impone el recargo en las prestaciones tanto a Izar como al resto de las ex propietarias del astillero por no disponer de las medidas adecuadas de protección de la salud de los trabajadores al estar en contacto continuado con el mineral cancerígeno.
La sucesora de Altos Hornos, es decir Ensidesa Capital, tendrá un recargo de las prestaciones del 30% por no garantizar la seguridad y la salud del trabajador Francisco Javier De Castro Esteban.
La Naval e Instalaciones y Montajes Industriales tendrán un recargo del 50% por no cumplir con la legislación en materia de salud laboral debido a la muerte de Francisco Cruz Lanchazo.
La sentencia contra Sidenor y Cofivacasa confirma que, en esos años, retiró en la planta de Gasteiz placas de fibrocemento con amianto y mantas con el mineral cancerígeno que estaban en diversas instalaciones.
A CAF en tres meses le han llegado sanciones que ascienden a casi medio millón de euros en indemnizaciones a los familiares de cuatro trabajadores que fallecieron por amianto: José Mari Goitia, Ignacio Iturrioz, Francisco Lasa y Tomás Alcalde.
Los abogados de los familiares de los afectados reconocen que se está produciendo un aumento en las demandas judiciales, tanto porque hay más gente que se incorpora, como por recursos que se deben realizar para obtener las prestaciones.
En 2010 fallecieron un total de 23 ex trabajadores a consecuencia del amianto; un año antes fueron 18 los muertos y en 2008 se contabilizaron 12 fallecidos. Son datos que controla Asviamie, pero recuerda que es sólo «la punta del iceberg».
Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles SA (CAF) ha sido condenada al pago de 170.885 euros por otros dos fallecidos por amianto: José María Goitia Garin e Ignacio Iturrioz Aizpurua. Hace dos meses se confirmaron también otras dos sentencias por las que la empresa de Beasain tuvo una condena conjunta de 310.000 euros por otros dos fallecidos, Francisco Lasa y Tomás Alcalde. Son cuatro sentencias condenatorias en poco menos de tres meses, lo que muestra la falta de medidas.
En estas dos últimas, el Juzgado de Lo Social número 3 de Donostia reconoce que Ignacio Iturrioz trabajó en contacto con amianto «ya que el puesto de trabajo se situaba en la zona de producción realizando trabajos de soldadura, siendo el amianto empleado en el montaje de los vagones como material aislante de los componentes fabricados y las fibras se encontraban presentes». A Iturrioz le detectaron el mesotelioma en mayo de 2007 y falleció en agosto de ese año.
Por su parte, José María Goitia falleció en junio del año pasado. También trabajó en contacto con el amianto. J. BASTERRA
Estas empresas que han sido condenadas tienen en común, igual que otras, que no adoptaron medidas de protección y seguridad para con los trabajadores. No lo hicieron e, incluso, algunas todavía argumentan que no les obligaba la ley.