Francisco Larrauri Psicólogo
Derecho penitenciario del enemigo
Ahora intentan protegerse con el diseño de programas de arrepentimiento para cubrirse ante la repercusión mediática que ellos mismos han creado y poder ofrecer una nueva coartada
En las sociedades modernas, cuando se aplica el derecho penal, su consecuencia inmediata, el derecho penitenciario, entra en acción. Se trata de una legislación penitenciaria que imparte derechos y obligaciones a todo un maremágnum de funcionarios y también de presos encerrados en prisión. Su aplicación es una experiencia que ya en circunstancias normales, debido a la falsedad de los nombres, toda la población carcelaria vive con una sombra de sobresalto, porque el humanismo que se desprende de la semántica oficial difiere en gran manera de la realidad. Sin embargo, todos los abogados y especialistas saben que el diagnóstico empeora cuando nos referimos a los presos políticos, porque el sistema se defiende siempre con el derecho penal del enemigo y, posteriormente, indefectiblemente, aplicando a los prisioneros el derecho penitenciario del enemigo que se reactiva y se aplica retrospectivamente si es necesario a gusto del estado, como la llamada doctrina Parot. Por eso decimos que una cosa es consecuencia de la otra.
Para certificar lo que es derecho penitenciario del enemigo solamente hace falta ilustrar el especial alejamiento de la familia que se aplica a los presos políticos, cuando el derecho penitenciario respeta el centro de cumplimiento cercano por vinculación familiar; por tanto, el derecho penitenciario del enemigo proporciona un plus de venganza no con la pérdida de libertad, sino con el alejamiento, para convertir a los prisioneros vascos en un número y que nadie se ocupe de ellos. Así, con el derecho penal y penitenciario del enemigo, han pretendido imponer a los presos políticos y a su entorno familiar, un atributo pseudo-ejemplarizante que no ha conseguido, sin embargo, imponer la fuerza del poder real. Otra característica del derecho penitenciario del enemigo es el sinfín de disposiciones reglamentarias punitivas aplicadas a los prisioneros vascos, con un contenido exclusivamente político, mientras que la población carcelaria convive con otras envolturas regimentales que permiten fantasear con el sueño de la rehabilitación.
Por eso decimos que la aplicación justa del derecho penitenciario con la nueva situación política que se está generando en Euskal Herria puede ofrecer un amplio margen de exposición, aunque para la gran mayoría de presos políticos vascos la cárcel ha significado durante décadas que muchos derechos individuales no hayan sido administrados, y esto los abogados que representan a los presos vascos lo saben muy bien. El sistema judicial que ahora ya no encuentra razones objetivas para aplicar el derecho penal del enemigo, caso Udalbiltza, por ejemplo, podría valorar que es un anacronismo seguir aplicando el derecho penitenciario del enemigo cuando los presos están ante una nueva situación penitenciaria, si valoramos justamente que han desaparecido las circunstancias que determinaron su ingreso en prisión. Y este cambio de circunstancias es recogido generosamente por el derecho penitenciario sin adjetivar cuando de ciudadanos normales se trata.
Pero como el derecho penitenciario del enemigo ha sido durante muchos años un dispositivo útil para instalar en la sociedad española, con propaganda muy bien implementada por los medios, un perfil de terror asociado a los presos al que ligarían su devenir personal y del que no se podrían deslindar ni obteniendo la libertad, ahora, con la petición de la modificación de la política penitenciaria generada por el anuncio de las vías exclusivamente políticas por parte de ETA, intentan protegerse con el diseño de programas de arrepentimiento para cubrirse ante la repercusión mediática que ellos mismos han creado y poder ofrecer una nueva coartada.
Paradójicamente, con las campañas de propaganda han conseguido que este tendencioso perfil construido del preso, en el que no se han ahorrado insultos y han utilizado la psicología y la psicopatología de manera silvestre, como si los prisioneros vascos no tuvieran padres, esposa e hijos, sea considerado uno de los mejores activos de la persona al reintegrarse en su entorno habitual.
En estos momentos, cuando para la legalización de la izquierda abertzale los gobernantes piden insistentemente que demuestren el alejamiento de la violencia de ETA, ¿se puede solicitar el mismo alejamiento del derecho penitenciario del enemigo y de la tortura a los que presumen de demócratas?