Martín José Celaya García Presidente de la Fundación Sustrai Erakuntza
Se anuncia el comienzo de las obras del TAV y los concejos navarros aún no han sido consultados
En los procedimientos desarrollados en el proyecto del tren de alta velocidad no se han respetado a los concejos navarros, no se ha respetado la configuración de la Administración local de Nafarroa
El pasado 8 de febrero de 2011 se anunciaba en rueda de prensa y ante numerosos medios de comunicación que la construcción de los primeros tramos del tren de alta velocidad se licitarán este próximo mes de abril.
La publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON) del inicio del periodo de información pública del proyecto básico del primer tramo, de una longitud de 14,7 kilómetros, se consideró literalmente «un hito importante».
La Fundación Sustrai Erakuntza hace saber a todos los navarros y navarras que en los procedimientos desarrollados por el Ministerio de Fomento para la aprobación de los expedientes de información pública de los estudios informativos de los proyectos del tren de alta velocidad hasta ahora desarrollados, la casi totalidad de los concejos navarros afectados no han sido consultados.
Esto implica que, de acuerdo a Derecho, el acto administrativo podría llegar a ser declarado nulo al amparo del artículo 62.1, apartado e) de la LRJPA (Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), ya que la resolución fue dictada sin consultar a los concejos navarros, prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido.
Además, este acto podría ser declarado nulo por la omisión del trámite de información oficial previsto en el artículo 228 del reglamento que desarrolla la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres al no practicarlo respecto a los concejos navarros, en cuanto entidades locales de pleno derecho.
Por otro lado, igualmente podría ser declarado nulo por la omisión del trámite de consultas previas del artículo 13 del reglamento que desarrolla la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental (RD 1131/1988 de 30 de septiembre).
Cabe añadir incluso que el artículo 228 del reglamento que desarrolla la LOTT (Ley de Ordenación de Transportes Terrestres), establece que «El Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones deberá remitir el proyecto, previamente a su aprobación, a las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales por cuyo territorio haya de discurrir la línea, al objeto de que durante el plazo de dos meses informen sobre el mismo. Transcurrido este plazo sin que dichas Administraciones Públicas informen al respecto, se entenderá que no se oponen a la propuesta formulada». Evidentemente, esta consulta previa con los concejos navarros y exigida por la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres también ha sido incumplida.
Este incumplimiento de la legalidad vigente por parte del Ministerio hacia los concejos navarros supone un desconocimiento absoluto de la configuración de la Administración local de Nafarroa, ya que, según la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio, son entes locales no sólo los ayuntamientos, sino también los concejos (artículos 2 y 3 de dicha Ley Foral), ambos al mismo nivel. En consecuencia, toda la información relativa a los estudios informativos de los proyectos del tren de alta velocidad hasta ahora desarrollados debería haberse trasladado a todos los ayuntamientos y concejos afectados.
La omisión de dicho trámite de obligado cumplimiento para la Administración del Estado constituye una omisión total y absoluta del procedimiento legalmente establecido que supondría una causa de nulidad de las previstas en el artículo 62 e) de la Ley de Procedimiento Administrativo respecto del acto administrativo.
Esta semana hemos leído que los partidos navarros de toda ideología y condición identitaria han cerrado filas con el Gobierno de Nafarroa en contra del recurso de la Administración del Estado impugnando ante el Tribunal Constitucional la Ley Foral que permite endeudarse a los ayuntamientos en 2011. Una puesta en común que tiene por objetivo defender la esencia del Fuero navarro, el autogobierno. Se ha llegado a oír y leer por parte de algunos políticos y políticas de primera línea que «no se respeta la competencia foral de Nafarroa».
Ante la indefensión y falta de información, la Fundación Sustrai Erakuntza, fundación sin ánimo de lucro que trabaja a favor del equilibrio social, territorial y del medio ambiente, quiere hacer público que en los procedimientos desarrollados en el proyecto del tren de alta velocidad no se han respetado a los concejos navarros, no se ha respetado la configuración de la Administración local de Nafarroa y, por tanto, no se ha respetado el Fuero.
Hasta ahora, ha existido un silencio absoluto ante este incumplimiento de la legislación vigente y ante esta falta de respeto hacia la propia configuración de la Administración local de Nafarroa, que se traduce en una falta de respeto hacia todos los navarros y navarras.