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La agresión policial a una joven de Iruñea costará 8.443 euros al Estado

El Ministerio de Interior del Gobierno español deberá indemnizar con un total de 8.443 euros a Nerea Lanz, una joven navarra a la que un policía le rompió la cadera durante una carga policial ocurrida hace cinco años en el barrio de Donibane. En la citada carga un antidistrubios empujó a la demandante dese una elevación de metro y medio, causándole una lesión que la mantuvo ingresada durante cinco días.

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GARA | IRUÑEA

El Gobierno español deberá pagar los excesos de su policía. Así lo decidió el pasado lunes el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo estatal, que falló a favor de Nerea Lanz, una joven navarra a la que las FSE rompieron la cadera durante una carga policial en el barrio pamplonés de Donibane.

Debido al fallo, el Estado tendrá que indemnizar con 8.443 euros a la joven, que fue empujada desde una elevación de metro y medio por un agente de la Policía Nacional española.

Como consecuencia de la caída, Lanz permaneció cinco días ingresada en el Hospital Virgen del Camino. Además, tras salir del mismo, la demandante tuvo que guardar reposo hasta el día 3 de junio, fecha en la que recibió el alta médica.

Debido a su ingreso, y posterior recuperación en casa, Lanz no pudo concluir la fase de prácticas correspondientes al proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros de Nafarroa, una oposición que tuvo que aplazar durante un año.

Por ello, decidió denunciar al Ministerio de Interior del Gobierno español, al que exigió el pago de 9.443 euros en concepto de responsabilidad patrimonial, 4.000 de ellos por daños morales al no haber podido finalizar las oposiciones a maestra.

Sainz y Angulo

En su sentencia, ante la que no cabe posibilidad de recurso, el juez Manuel Ponte Fernández admitió la culpa del Estado, y estableció la existencia de un daño patrimonial y moral producido por el empujón.

Sin embargo, en los fundamentos jurídicos de la sentencia, el magistrado encargado del caso optó por rebajar en mil euros la cantidad a pagar por los daños morales, situando dicho importe en 3.000 euros, «una cifra razonable, la cual siempre tendrá un componente subjetivo», indica el fallo.

Los hechos juzgados se produjeron en marzo del año 2006, cuando un grupo de personas se concentró en la calle Monasterio de Iratxe con el objetivo de reclamar la repatriación de los presos políticos vascos, dispersados a lo largo de los estados español y francés.

Esta convocatoria, que se celebraba «semanalmente» tal como se recoge en la sentencia, tenía un matiz especial, ya que pocos días antes habían fallecido los presos políticos vascos Igor Angulo y Roberto Sainz.

«Desproporcionado»

Ante la convocatoria, la Policía española desplegó un operativo desmesurado a lo largo del barrio de Donibane. La propia sentencia recoge que, por contra, «no se acredita carácter violento» en las movilizaciones convocadas en favor de los presos políticos. Asimismo, el juez subraya que las lesiones producidas no se ajustan a una «actuación proporcionada».

Pese a que el juez afirmó que la concentración no estaba «comunicada», en el auto Manuel Monte explicó que el daño derivado de la actuación policial en Iruñea resulta «antijurídico», al ser la respuesta o reacción de las FSE «desproporcionado en medios y modos».

Con este fallo, el juez pone coto a un principio polémico de la legislación española, en el que se recoge que corresponde al lesionado el deber jurídico de soportar el daño cuando «se arriesga a participar en una manifestación violenta o ilegal».

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