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Diario de Noticias, Editorial 2011/11/16

Absolver la tortura, avalar la impunidad

La sentencia del Tribunal Supremo que atiende el recurso presentado por los cuatro miembros de la Guardia Civil condenados por la Audiencia de Gipuzkoa (...) incide en la trayectoria histórica de los tribunales de amparar la impunidad de los malos tratos y las torturas bajo el antidemocrático argumento de la supuesta razón de Estado. Esa sentencia reconocía por sexta vez en los últimos 20 años la existencia de una vulneración de derechos fundamentales -dejando entrever que en otros muchos casos denunciados, la justicia optó por mirar hacia otro lado, como han puesto de manifesto las últimas condenas de Estrasburgo al Estado español por vulneración de los derechos de los detenidos-, pero el Supremo ha optado por anular las condenas tras argumentar que las torturas referidas por los lesakarras respondían a «la estrategia de ETA de presentar denuncias falsas», además de cuestionar a tres testigos de la defensa. En realidad, el propio fallo inicial consideraba probada, en un pormenorizado relato de hechos, la existencia de torturas (...). Aquel juicio parecía poner de manifiesto al menos que la impunidad dejaba de ser una estrategia asumida como normal en la lucha contra el terrorismo, y que los detenidos acusados de delitos -por muy graves que puedan ser éstos, como el caso de Portu y Sarasola, condenados por el atentado en la T-4 de Barajas-, siguen siendo sujetos de derechos fundamentales en un Estado de Derecho. El Supremo ha optado por aferrarse a la realidad histórica de que pese a las reiteradas denuncias de malos tratos -avaladas incluso por la ONU-, no hay en la actualidad ningún condenado, ya sea en el ámbito político, social, étnico o migratorio. Y los pocos agentes que han sido condenados en una causa de torturas han acabado indultados, incluso en algunos casos condecorados como Galindo. Mientras, siguen sin cumplirse los compromisos y recomendaciones internacionales de derogar el régimen de incomunicación (...).

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