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Xabier Silveira Bertsolari

Constituci�n de Euskal Herria

Menos mal que la Constituci�n de Euskal Herria se redactar�, si se hace alg�n d�a, en euskara y sin tener como modelo la espa�ola. Si no, con la de ahora es suficiente

Dice el punto primero del art�culo uno de la Constituci�n espa�ola que: �Espa�a se constituye en un Estado social y democr�tico de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordena- miento jur�dico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo pol�tico�.

Demostrado pues que la constituci�n de un estado consiste en escribir lo primero que a uno se le ocurre, yo, que siempre me desvivo por hacer m�s f�cil y agradable la vida de los dem�s, me voy a animar. Las palabras de Egiguren son para m� �rdenes, y las �rdenes hay que cumplirlas. Eso s�, cada cual a su manera y en su justa medida. Y al ser una hoja en blanco la m�s exacta medida de una ley que para ser cumplida necesita estar escrita, redactar� yo mi carta magna limit�ndola a lo concerniente a derechos y deberes.

Por lo dispuesto: El conjunto de vascos y vascas ser� denominado Jatorras. En caso de necesidad se utilizar� el art�culo le/les (Le/s Jatorra/s), no nos vayamos a matar entre nosotros y nosotras. Les Jatorras ser�n mayores de edad cuando sean capaces de fre�r un huevo sin quemarse ni quemar a nadie. Si se rompe no vale. Les Jatorras ser�n iguales ante la ley. De darse el caso que no, las fuerzas de orden p�blico se encargar�n de ello, como hasta ahora. Les Jatorras tendr�n derecho a la vida; pero tendr�n que ganarse el derecho a la muerte. Nadie podr� morir hasta que haga su parte.

Se garantiza la libertad ideol�gica, religiosa y de culto sin que, en ning�n caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes quienes se sienten al lado de nadie que las practique. A dar la chapa a Santander. Les Jatorras tienen el derecho y el deber de divertirse. La Ley fijar� las obligaciones ociosas de les Jatorras y regular�, con las debidas garant�as, la objeci�n de conciencia, as� como las dem�s causas de exenci�n del Servicio de Bajar al Bar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestaci�n social sustitutoria. Podr� establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de inter�s general (jueves social, lunes peleon, ezer ez ta festa...).

Mediante ley podr�n regularse los beberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, cat�strofe o calamidad p�blica y todes contribuir�n al sostenimiento de los gastos p�blicos de acuerdo con su capacidad econ�mica. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y, en su ausencia, a la herencia.

Les Jatorras tienen el deber de no trabajar y el derecho a no hacerlo, a la libre elecci�n de profesi�n o vicio, a la promoci�n a trav�s de hablar en bares o lugares p�blicos y a una remuneraci�n suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia sin pegar palo al agua sin que en ning�n caso pueda hacerse discriminaci�n por raz�n de peso ni volumen. En cambio, se reconoce el derecho a la protecci�n de la salud. El que no fume moco verde.

Menos mal que la Constituci�n de Euskal Herria se redactar�, si se hace alg�n d�a, en euskara y sin tener como modela la espa�ola. Si no, con la de ahora es suficiente.

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